El 25 de noviembre de 1897 se publicó el Real decreto referente a la constitución autonómica de la isla de Cuba. Un olvidado documento que expresaba en su preámbulo las intenciones de la Corona de otorgar “una Constitución autonómica a un territorio español poblado por raza española y por España…” Núm. 331 Sábado 27 Noviembre 1897 TOMO IV. Pág. 639.
La autonomía venía siendo reclamada desde principios del siglo XIX por amplios sectores de la sociedad antillana, pero intereses poco confesables, incluso ahora 115 años después, siempre dieron al traste con el deseo profundo existente en el Caribe de normalizar la relación entre todos los territorios españoles de Ultramar. Como se sabe, la intervención norteamericana en Cuba dejó sin objeto al desconocido gobierno autonómico presidido por José María Gálvez.
Para organizar el nuevo poder las autoridades madrileñas, apoyadas por el nuevo mando militar dirigido por el general Ramón Blanco, recabaron el apoyo de la Junta Central del Partido Liberal Autonomista representado en la capital por Rafael María de Labra. La administración del señor Gálvez funcionó durante diez meses a partir del 1° de enero de 1898 y fue apoyada (aunque se dice poco o nada en los libros de historia publicados a ambos lados del Atlántico) por amplios sectores de la población, incluyendo numerosos insurrectos.
Tras el hundimiento de la escuadra del general Cervera en Santiago de Cuba, España tuvo que reconocer su derrota e iniciar las conversaciones de paz. Comprendiendo que serían excluidos miserablemente de dichas negociaciones, todos los miembros del gobierno autonómico renunciaron el 24 de noviembre de 1898, pero aceptaron seguir tratando los asuntos corrientes hasta que se produjo el traspaso de poderes el primero de enero de 1899.
A pesar de todo, los lazos entre Cuba y España nunca se rompieron, incluso durante los primeros años de la mal llamada independencia continuaron llegando numerosos españoles a la isla, atraídos por las oportunidades de negocios peninsulares (principalmente mayoristas) que todavía se mantenían funcionando y por la prosperidad económica alcanzada por la isla durante la primera guerra mundial gracias al azúcar de caña.
Tras la firma del Tratado de París de 1898, España negó con fórmulas jurídicas el deseo y el derecho de los nacidos en Cuba que la habían apoyado durante la guerra de Independencia de las últimas colonias, a seguir siendo ciudadanos españoles y, por lo tanto, a percibir sus sueldos ganados al servicio de España. Por este motivo, el marqués de Cervera se erigió en defensor de éstos, escribiendo un Manifiesto que remitió a la reina regente y a las Cortes en 1901, en el que proclama la identidad histórica y cultural compartida entre España y Cuba, para hacer posible la recuperación de sus derechos como antiguos ciudadanos españoles, que siguieron residiendo en la isla de Cuba.*
La ley Adquisición Nacionalidad de Origen N° 52/2007, llamada de memoria histórica. Restablece la nacionalidad de origen para los descendientes de españoles llegados a Cuba durante los primeros años del siglo XIX y a las víctimas del régimen franquista, pero olvida descaradamente a los descendientes de los ciudadanos españoles nacidos en Cuba y en Puerto Rico entre el 25 de noviembre de 1897 y al menos, hasta la publicación en el Manual de Clases Pasivas Civiles y Militares el 11 de mayo de 1901 de la real orden, por la que injustamente se declaraba a “los habitantes naturales de las colonias cedidas por el tratado de París del 11de abril de 1899 (…) como extranjeros”
No vamos a comentar aquí las injusticias añadidas por este Real Decreto, a las ya numerosas estupideces cometidas por España contra sus propios ciudadanos durante aquellos lamentables años de guerra civil (sí, sí cubanos y españoles aunque separados por el mar y la espúrea legislación de la época son un mismo pueblo); puesto que ya nos ocuparemos de ello en un próximo artículo, baste señalar a las autoridades competentes del Ministerio de Justicia y del Registro Civil que, durante el periodo en que funcionó el gobierno autonómico, todos los nacidos en las Autonomías de Cuba y Puerto Rico eran técnicamente españoles ya que, según el decreto de autonomía al que hacíamos mención al principio de este papel, estamos hablando pura y simplemente de territorios españoles, razón por la cual sus descendientes también tendrían que beneficiar de la Ley 52. Lo cual no ha sucedido hasta ahora.
También podrían reclamarla (pero esto es un poco más controversial) los nacidos entre la aparición del real decreto del 11 de abril de 1899 y la proclamación oficial de la (falsa) Republica de Cuba en 1902 puesto que el artículo 17 del actual Código Civil español vigente claramente establece que:
- son españoles Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
Cuba ocupada por los Estados Unidos fue, según el análisis del jurista en Derecho Internacional y diputado español José María de Labra, “una entidad política que ni era Estado independiente, ni colonia, ni Estado Federal, ni “país protegido” (Labra y Cadrana, Rafael María de: Aspecto internacional de la cuestión de Cuba, Madrid,(s.n.), 1900, pág.284) por lo que se puede concluirse que se aplica plenamente el texto de ley del artículo 17 antes citado.
Está claro que durante el lapso entre la soberanía española en 1899 y la cubana en 1902, los cubanos siguieron siendo españoles ex lege, porque en derecho español es imposible renunciar a la nacionalidad española sin tener previamente la nacionalidad de otro estado nacional. Cuba durante el lapso de 1899-1902 no era un estado, y el español que residía en la Isla no residía ni en el Reino de España ni en la República de Cuba, sino en un territorio extranjero sin soberanía ni estado.
Por el momento, todos los ciudadanos cubanos y puertorriqueños que así lo deseen, cuyos abuelos nacieron entre el 25 de noviembre de 1897 y el 11 de abril de 1899 deberían personarse en los consulados de sus lugares de residencia para reclamar sus derechos a la ciudadanía española, a la cual tienen pleno derecho según los argumentos antes expuestos. La asociación Autonomía Concertada para Cuba está dispuesta a ayudarlos en sus gestiones ante el Ministerio de Justicia y en el caso de una negativa, llevar sus casos individualmente ante la Comisión Europea de los Derechos del Hombre, puesto que el artículo 15 de la Carta de los derechos humanos expresa claramente que:
- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
- A nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.
Ya va siendo hora de que se encare en España el problema de Cuba. No es sólo la cuestión de la naturaleza de los cubanos nacidos en ese período que se ha pasado por alto, sino la justicia que se le debe a una (dos si se incluye a Puerto Rico) nación entera.
* Anuario de Estudios Americanos, 65, 2,julio-diciembre, 225-245, Sevilla (España), 2008 ISSN: 0210-5810
* Anuario de Estudios Americanos, 65, 2,julio-diciembre, 225-245, Sevilla (España), 2008 ISSN: 0210-5810
Señores cubanos: En el tratado de Paris, en el Articulo nº 9 firmado por España y USA con la benevolencia de la Republica de Cuba, de Maceo, Estrada Palma, Maxsimo Gomez,ect,ect,
DICE: Los sudbitos españoles y los naturales de la Peninsula Española, residentes en los territorios cuya soberania España renuncia o cede, en el presente Tratado, podran permanecer en los dichos territorios (Cuba y Puerto-Rico) o marcharse de ellos, conservando en uno u otro caso todos sus derechos de Propiedad, con inclusion del derecho de vender o disponer de tal propiedad o de sus productos, y ademas tendran el derecho de ejercer su industria,comercio, o profesion, sujetandose a este proyecto de Leyes que sean aplicables a los demas Extranjeros…..¿ AHORA VIENE LO VERDADERO DE LA POLEMICA, Y SIGUE DICIENDO?…..En caso de que permanezcan en los dichos territorios (Cuba y Puerto-Rico) podran conservar su NACIONALIDAD ESPAÑOLA HACIENDOLO ANTE UNA OFICINA DE REGISTRO, «SI DENTRO DE UN AÑO DESPUES DEL CAMBIO DE LAS RATIFICACIONES DE ESTE TRATADO, UNA DECLARACION DE SU PROPOSITO DE CONSERVAR DICHA NACIONALIDAD, A FALTA DE ESTA DECLARACION SE «CONSIDERARA QUE HAN RENUNCIADO A DICHA NACIONALIDAD ESPAÑOLA» Y HAN ADOPTADO LA DEL TERRITORIO EN LA CUAL PUEDEN RESIDIR». Los derechos civiles y la condicion politica de sus habitantes naturales de los territorios a los Estados Unidos…. ( con el beneplacito y el visto bueno de los cubanos)……. se determinaran en el Congreso de los Estados Unidos.(Fin del capitulo nº 9)
La alegria del pueblo cubano era inmensa, se desbordaba, se expresaba en cuantas formas pude exteriorizarse ese sentimiento, la herencia de siglos de generaciones se HABIAN DESHECHO» lo que le costo a España la cifra de 600.000 muertos y 1.555 millones de pesetas de entonces, Nota-La Memoria Historica QUE SE NOMBRA, SE HIZO, POR Y PARA AQUELLOS VALIENTES SOLDADOS ESPAÑOLES QUE MURIERON EN ESA ISLA, ESTANDO ENTERRADOS EN FOSAS COMUNES, EN VEZ DE DESCANSAR EN SU TIERRA ESPAÑA.
La Constitucion Cubana dice y refleja en declarar que «Son cubanos los nacidos en la isla y en sus aguas Juristicionales (salvo Guantanamo) al que los hijos de españoles nacidos antiguamente y posteriormente en la isla «no» los inscribieron en la Matricula del Consulado General de España en la isla, porque decian «No querian aceptar el Gobierno de España» a lo que se exponian a «Perder su destino como ciudadanos cubanos» como lo refleja el Tratado en el nº 9, el hecho motivo en «no» querer ser españoles, con la tendencia de desunirse de España, como estan declarados de «no» sentirse españoles, que les permitia en satisfacer su posicion de «no soy español, soy cubano» y simpatizante de USA.(Regalasteis Guanta-namo a USA por echar fuera a los españoles) Los vestigios que quedan en España han declinado los efectos de antaño que era una Provincia de Ultramar ( como lo son provincias españolas las Islas Baleares y Canarias) ya es distinto de lo que fue en otros tiempos al que España y sus españoles «Disolvimos los lazos sociales» que hoy en el siglo XXI ya no se sustentan, ni hay base, ni motivo en sostenerse. los españoles vemos que es un error mirar lo de ayer, con los ojos de Hoy. Si algo los cubanos debeis de pedir o injuriar es, a vuestros aliados de USA… NO A LOS ESPAÑOLES ………….es una imposibilidad….Si se levantaran del sepulcro los apostoles cubanos de entonces, y vieran su obra magna de degradacion y envilecimiento, al que ellos fueron los protaqagonistas, sus iniquiedades de malas pasiones arruinaron la isla y a los españoles en una guerra cruel e innecesaria…….Cuba se pertenece asi misma, con el lastre de la Enmienda Pratt, al que hoy purgan sus funestos errores del pasado…..los cubanos del presente. Hubo nobleza en los hechos, ni mucho menos, los medios indignos que se emplearon para llevarlos a cabo, hasta venir a parar en el caos diciendo » Que sale la luz» pero no en Cuba de donde sucede lo contrario que de la «luz salen las tinieblas, que se van espesando mas y mas» Un Saludo.