Cuando Castro alardeaba de "mantener sus derechos en España" mientras sojuzgaba a los cubanos

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Un fragmento de una entrevista para la TVE española donde Fidel Castro se vanagloriaba de sus raíces gallegas y aseguraba a los periodistas que él había «optado muy sinceramente» por la nacionalidad cubana, pero que seguía «manteniendo todos sus derechos en España».
 
https://youtu.be/qi3pfCOGHa0
 
Pero Castro no es el único que tiene la posibilidad de hacer valer sus derechos como español. En realidad todos los cubanos siguen siendo españoles.
No es un secreto para nadie que entes de 1898 Cuba era una provincia española, es decir España; en consecuencia, los descendientes de aquellos españoles, incluyendo a los negros, calificarían para este trámite.
No se trata de una broma. Esa posibilidad aunque ignorada, está escrita en el Código Civil español. Lo que se trata ahora es de hacerla la valer. Y aquí es donde las cosas se complican o se aclaran, según se mire. En efecto, el profesor de derecho Viñals Farré [3] explica en uno de sus trabajos que el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, en la Sentencia de 7 de noviembre de 1999, decidió que Cuba NO era España sino un Territorio español.
En efecto, los naturales de los territorios españoles no eran ciudadanos, sino algo así como protegidos de la Corona. Para ser españoles de verdad tenían que ejercer el derecho de “opción” a su mayoría de edad. El problema es que esta doctrina fue elaborada para regular el acceso a la nacionalidad de saharauis y guineanos, que eran oriundos de posesiones españolas en el siglo XX y no para los cubanos que fueron españoles de pleno derecho desde el 25 de noviembre de 1897, fecha en que se instauró en la isla de Cuba un gobierno autonomista.
El Tribunal supremo lo ignora (o lo pretende) pero aquel gobierno, antes de organizar elecciones libres para elegir a los diputados del parlamento insular, hizo ciudadanos españoles a todos los habitantes de la isla, aplicando las disposiciones escritas el 17 de octubre por el presidente del español de la época, Segismundo Moret.
Todo esto significa que la doctrina del Tribunal supremo no es válida para el caso de los cubanos nacidos antes de 1902 que  eran “españoles y nacidos en España”, como lo especifica claramente el Código Civil vigente. La consecuencia de esta afirmación es evidente: los descendientes de aquellos españoles, es decir, prácticamente toda Cuba, tienen derecho a la nacionalidad española. No solamente son estas las únicas consideraciones legales que se pueden avanzar en este sentido. En un reciente artículo titulado ¿Por qué siguen siendo españoles los cubanos?  dábamos a conocer otros argumentos incuestionables. En consecuencia, invitamos a nuestros compatriotas que así lo deseen, a dirigirse al consulado de España en La Habana para hacer valer sus derechos.

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