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Andalucía convoca las ayudas para atender las necesidades asistenciales de los andaluces en el exterior

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El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publicó el pasado lunes, día 25, la Orden de la convocatoria de las subvenciones para atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de los andaluces residentes en el extranjero.

El plazo de presentación de solicitudes se abrirá a partir de la finalización del estado de alarma. Según explica la Orden, el plazo debería ser de 20 días hábiles (cinco más si la entidad está radicada en el extranjero) a partir de la publicación en el BOPA, tal y como marca la Ley General de Subvenciones, pero el estado de alarma por la crisis sanitaria paraliza los plazos administrativos que se retomarán una vez que haya perdido vigencia el estado de alarma y sus prórrogas.

Estas ayudas contarán, para el ejercicio 2020, con una dotación presupuestaria de 100.000 euros. Podrán optar a las mismas las entidades sin ánimo de lucro que desarrollan actividades fuera del territorio español. Además de la cuantía total máxima indicada, la presente convocatoria podría contar con una cuantía adicional dentro de los créditos disponibles, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.

Las actividades de esta convocatoria para las que se puede solicitar subvención deben realizarse desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.

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