Cubanos nacidos antes de 1940: sus hijos son españoles
- El tema de la nacionalidad ha sido manipulado por conveniencias políticas
Así lo descubren alucinados cada día nuestros compatriotas que acuden esperanzados al consulado español para reclamar los derechos que les corresponden según la ley. ¿Qué encuentran allí, además del desdén y la desidia de los funcionarios consulares? La lista es larga: trabas legales, exigencias no establecidas… En fin, todo lo que puede concebir una administración para retrasar, alargar, complicar y entorpecer los trámites que ella misma inventara hace algunos años.
¿Por qué ocurre todo esto? La respuesta es muy sencilla: El gobierno español no puede oponerse a los deseos del «amigo americano». Sin embargo, a pesar de esa dependencia, los cubanos tienen derecho a reclamar la nacionalidad de sus abuelos, según lo establecen las disposiciones legales [1] creadas por el gobierno del socialista Zapatero en 2007.
Más aún, ¡TODOS los cubanos pueden, según la reforma del Registro civil [2] de 2002 todavía vigente, reclamar la nacionalidad española!
En efecto, esa reforma estipula que: “los hijos de padre o madre español de origen y nacido en España” tienen ese derecho.
No es un secreto para nadie que antes de 1898 Cuba era una provincia española, es decir España; en consecuencia, los descendientes de aquellos españoles, incluyendo a los negros, calificarían para este trámite.
No se trata de una broma. Esa posibilidad aunque ignorada, está escrita en el Código Civil español. Lo que se trata ahora es de hacerla la valer. Y aquí es donde las cosas se complican o se aclaran, según se mire. En efecto, el profesor de derecho Viñals Farré [3] explica en uno de sus trabajos que el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, en la Sentencia de 7 de noviembre de 1999, decidió que Cuba NO era España sino un Territorio español.
En efecto, hasta el 25 de noviembre de 1895, los naturales de los territorios españoles de ultramar no eran ciudadanos, sino algo así como protegidos de la Corona. Según el Supremo, para ser españoles de verdad tenían que ejercer el derecho de “opción” a su mayoría de edad.
Esta doctrina reciente fue elaborada para regular el acceso a la nacionalidad de saharauis y guineanos, que eran oriundos de posesiones españolas en el siglo XX y no para los cubanos que fueron españoles de pleno derecho desde el 25 de noviembre de 1897, fecha en que se instauró en la isla de Cuba un gobierno autonomista.
No es valida para el caso de los cubanos
El Tribunal supremo lo ignora (o lo pretende) pero aquel gobierno, antes de organizar elecciones libres para elegir a los diputados del parlamento insular, hizo ciudadanos españoles a todos los habitantes de la isla, aplicando las disposiciones escritas el 17 de octubre por el presidente del español de la época, Segismundo Moret [4].
Todo esto significa que la doctrina del Tribunal supremo no es válida para el caso de los cubanos nacidos antes de 1902 que sí eran “españoles y nacidos en España”, como lo especifica claramente el Código Civil vigente. La consecuencia de esta afirmación es evidente: los descendientes de aquellos españoles, es decir, prácticamente toda Cuba, tienen derecho a la nacionalidad española. No solamente son estas las únicas consideraciones legales que se pueden avanzar en este sentido. En un reciente artículo titulado ¿Por qué siguen siendo españoles los cubanos? [5] dábamos a conocer otros argumentos incuestionables. En consecuencia, invitamos a nuestros compatriotas que así lo deseen, a dirigirse al consulado de España en La Habana para hacer valer sus derechos.
Citas y referencias
- Andrés, Agustín Sánchez. « Entre la espada y la pared. El régimen autonómico cubano, 1897-1898 ».Revista Mexicana del Caribe, 2003. http://www.redalyc.org/resumen.oa?id=12801601.
- Farré, Ramón Viñas. « Evolución del derecho de nacionalidad en España: Continuidad y cambios más importantes ». Cursos de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales de Vitoria-Gasteiz, 2009.http://s548464915.web-inicial.es/app/download/17547611/Derecho+de+Nacionalidad+en+Espa%C3%B1a.pdf.
- Gobierno de España. « Memoria Histórica. index [Ley] ». Oficial. Memoria histórica. Consulté le 7 novembre 2014. http://www.memoriahistorica.gob.es/LaLey/index.htm.
- « Ley 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad. » Consulté le 12 février 2015. http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l36-2002.html#I3.
- Núñez, Ferrán. « ¿Por qué siguen siendo españoles los cubanos? ». 14yMedio, http://www.14ymedio.com/opinion/siguen-espanoles-cubanos_0_1729027092.html
- [1] Gobierno de España, « Memoria Histórica. index [Ley] ».
- [2] « Ley 36/2002, de 8 de octubre, de modificación del Código Civil en materia de nacionalidad. »
- [3] Farré, « Evolución del derecho de nacionalidad ».
- [4] Instrucciones del Ministro de Ultramar Segismundo Moret al Capitán General de la Isla de Cuba, 17 de Octubre de 1897, Andrés, « Entre la espada y la pared. El régimen autonómico cubano, 1897-1898 ».