- El total de la partida es de 15.000 euros según la base de datos nacional de subvenciones.
Consulte la lista de beneficiarios
Primero.- Conceder a cada una de las personas relacionadas en el Anexo I a la presente Resolución, todos ellos hijos de canarios mayores de 80 años, residentes en Cuba en situación de precariedad económica, una subvención directa de carácter excepcional por razones humanitarias de urgente necesidad por un importe de cien euros (100€) Dichas subvenciones se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 06.34.231.P.490.00, línea de actuación 06413602 “Ayuda extraordinaria a los hijos de canarios residentes en Cuba mayores de 80 años”, ascendiendo su importe total a la cantidad de treinta mil euros (15.000,00€).
Segundo.- La presentación de las solicitudes de estas subvenciones presumen su aceptación expresa por cada uno de sus beneficiarios, salvo que notificada a éstos la Resolución de concesión, renunciaran de modo expreso a las mismas.
Tercero.- Designar como entidad colaboradora para el pago y entrega de estas subvenciones a la Fundación Canaria para la Acción Exterior, la cual actuará en nombre y por cuenta de este órgano de acuerdo con las condiciones establecidas en la presente Resolución, y en el correspondiente Convenio de Colaboración suscrito al efecto entre el Viceconsejero de Acción Exterior y la Gerente de la Fundación Canaria para la Acción Exterior, con fecha 23 de octubre de 2013.
Cuarto.– El abono de las subvenciones se llevará a cabo con carácter anticipado, toda vez que previamente ya se encuentra justificada la situación que ha determinado la concesión de cada una de ellas, por lo que no es necesaria su justificación posterior.