La Secretaría Xeral de Emigración ultima los trámites para la publicación de las bases de las ayudas individuales a gallegos residentes en el exterior correspondientes al año 2018. La finalidad de esta partida es contribuir a paliar la carencia de medios económicos para poder afrontar las necesidades básicas de subsistencia y atención socio-sanitaria. El Gobierno gallego, a través de este programa de la Secretaría Xeral de Emigración, con una de sus áreas de actuación prioritaria, centrada en dar una asistencia socio-sanitaria digna para los gallegos residentes en el exterior.
La concesión de estas ayudas, dirigidas a emigrantes gallegos y sus hijos, nietos y familiares con nacionalidad española residentes en el extranjero que se encuentren en situación de precariedad económica, es directa, individual y de carácter social.
La Xunta de Galicia incrementó la cuantía destinada a este apartado un 23% en 2018, pasando de los 2,1 millones de euros firmados en 2017 a los 2,6 millones de euros del ejercicio de 2018.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas individuales los emigrantes gallegos y sus hijos mayores de 18 años que posean la condición de gallego (de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de Autonomía de Galicia); y los nietos de emigrantes gallegos mayores de 18 años que posean la condición de gallegos y acrediten un año de residencia continuada en Galicia.
En el caso de fallecimiento de estos beneficiarios, sus cónyuges viudos (o pareja de hecho o relación análoga de afectividad) o sus hijos podrán recibir una única vez las ayudas por situación de dependencia o enfermedad grave, siempre y cuando no transcurriesen más de 15 meses desde el fallecimiento.
Los hijos y nietos de emigrantes gallegos deberán tener la nacionalidad española, cuando menos, con un año de antigüedad a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
El programa autonómico incluye siete supuestos de ayudas: por encontrarse la unidad familiar en situación de precariedad; por situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante; por situación de dependencia o enfermedad muy grave en el seno de la unidad familiar; por invalidez o enfermedad permanente; para la cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un coste elevado; para las mujeres que sufran violencia de género; para paliar una situación de desempleo en la unidad económica familiar.
Los nuevos requisitos que regirán las ayudas individuales de urgencia para los gallegos de Cuba se publicarán en breve
Date: