La inmatriculación de los bienes de los curas vaticanos en España

Un robo sin trabuco ni jaca bandolera…

Hay un dicho popular por acá por mi tierra que dice que de todo se cansa uno menos de acumular dinero. Y la iglesia católica trinitaria vaticana, en su colonia española, está dando el ejemplo más fiel y palpable de este incompresible afán por acaparar riquezas que tienen los curas vejetes, prostáticos o no, según ellos para poder dar la asistencia que se merecen los pobres y los necesitados, entiéndase como pobre los que visten ropas de seda natural color púrpura, y son pobres porque tienen que guardar las composturas cuando van vestidos con esos ropajes porque se les ve mucho.
Incluso leyendo el adjunto y afamado artículo 206 de la Ley Hipotecaria promulgada a cojones de Franco en 1946, con los muertos pudriéndose todavía en muchas cunetas, en el que se basan las inmatriculaciones a trabuco del clero romano, efectuado por sus fuerzas desplazadas en España, establece que: El Estado, la Provincia, el Municipio y las Corporaciones de Derecho público o servicios organizados que forman parte de la estructura política de aquél y las de la Iglesia Católica, cuando CAREZCAN DEL TITULO ESCRITO DE DOMINIO, podrán inscribir el de los bienes inmuebles que LES PERTENEZCAN mediante la OPORTUNA CERTIFICACIÓN LIBRADA POR EL FUNCIONARIO a cuyo cargo esté la administración de los mismos, en la que se expresará el TITULO DE ADQUSICIÓN O EL MODO EN QUE FUERON ADQUIRIDOS.
O sea que el dicho y hecho de esto es mío porque me sale de mis sotanas y además me lo aplauden todos los meapilas y comeostias de mi parroquia, solo puede valer en un país de chichinabo como es España, donde los que están arrimados al clero saben por experiencia que darles no les van a dar nunca ni un duro, pero les van a ayudar y mucho para que tengan trabajo y el clero después les cobre una cuota en la especie que se acuerde a modo de peaje laboral.
El artículo siguiente de la citada ley, una ley editada que lleva como efecto intrínseco el pagarle al clero vaticano su aporte económico en la sublevación del año treinta y seis, el artículo que lleva por número de orden el 205, de la citada ley dice: “Serán inscribibles, sin necesidad de la previa inscripción, los títulos públicos otorgados por personas que ACREDITEN DE MODO FEHACIENTE HABER ADQUIRIDO EL DERECHO CON ANTERIORIDAD a la fecha de dichos títulos, siempre que no estuviere inscrito el mismo derecho a favor de otra persona”. 
Está en el entendimiento de algunos, entre los que servidor se encuentra, que el Registro de la Propiedad, aunque lleve el adjetivo de Propiedad, no da de por sí la propiedad de nada, sino que lo que vale son los documentos que demuestran la legalidad de la posesión del bien. Y por lo que se va conociendo respecto a los papeles que presenta la iglesia trinitaria vaticana para inmatricularse los bienes en los distintos Registros, son los mismos que se solían presentar en las antiguas ferias de ganados cuando se ponía a la venta un burro robado.
La vuelta del clero vaticano a posiciones de poder efectivo, latente, callado, el peligroso, el que no llega a la calle pero está vivo y coleando que gobiernos del pepé y de los sociatas le han otorgado al clero extraño a nosotros, a la Ibérica, el vaticanista, que les permite en tierra extraña para su organización italiana apoderarse de bienes inmuebles españoles mediante el “porque me da la gana y lo quiero”, es una sangría patrimonial de todos los españoles que no puede ser legal porque de todos es conocido que la iglesia trinitaria vaticana solo es una administradora pedigüeña de dinero que le sacan a las gentes por las buenas o por las malas.
El clero vaticano, en España, cuando ha construido una iglesia del volumen de obra que fuera, el costo de la edificación siempre ha recaído en las manos de las gentes, y el cura, obispo, prior, o cardenal correspondiente, se ha limitado a administrar algo que no es de su propiedad ni de él ni de su estamento.
Ahora mismo a día de hoy, si se levantaran desde el estamento militar diciendo que todos los cuarteles y fortificaciones que hay en España son propiedad particular y privada de los militares españoles, que cualquier mando los puede vender y enviar sus dineros a un país extranjero, puede que inmediatamente se produciría una reacción popular que no sería precisamente igual que la que se está produciendo en el entorno del clero vaticano, que bienes de propiedad colectiva de todos los españoles, en cantidades de puro asombro, se los está quedando para su propiedad privada, con el doble agravante de que después, en un país como el nuestro que es aconfesional, se los tenemos que mantener y cuidar a base de presupuestos de dinero público.
El asunto, que nada tienen que ver con sentimientos ni vía alguna sentimental, sino que es un triste tema de abuso por parte de un estamento que está subido en los vericuetos del poder donde goza de gentes incondicionales porque ellos les proporcionan muchos de los votos cautivos que los mantienen en el puesto político, a la chita callando, lugares turísticos como ríos, monasterios, catedrales y demás, se queda el clero con el dinero de las visitas diciendo que aquello es suyo porque lo heredaron de sus abuelos.
Y nunca faltará un allegado al sistema que de fe de que lo que dice el señor cura va a misa, porque después lo confiesa el mismo cura y lo perdona.
Salud y Felicidad. Juan Eladio Palmis.

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