El objeto de estas ayudas es financiar las actividades de impulso y difusión de la cultura asturiana, los gastos de mantenimiento y los gastos derivados de los intereses de la adquisición o del pago del arrendamiento del inmueble en el que se ubique la sede social de las comunidades asturianas del exterior con reconocimiento de asturianía
- Las asociaciones afiliadas disponen de un plazo de 20 días a partir de hoy
El Gobierno del Principado ha convocado las ayudas a las comunidades asturianas en el exterior con reconocimiento de asturianía para el ejercicio 2016. La cuantía total de este programa asciende a 70.000 euros.
En las ayudas correspondientes a la Línea 1 también se incluyen las actividades cuya finalidad sea la promoción de Asturias en el país en el que se ubica la comunidad asturiana solicitante, tales como celebraciones de toda índole en torno a fechas que tengan significación en Asturias vinculadas con la cultura y tradición asturiana. Asimismo, las celebraciones de eventos culturales relacionados con la cultura, el folclore, la gastronomía, la promoción turística y el deporte asturiano; celebraciones de los aniversarios de constitución de las comunidades asturianas; cursos de gaita, tambor y baile asturiano, así como cualesquiera otros vinculados con la tradición asturiana o la difusión y práctica de deportes tradicionales asturianos, y otros que se puedan asimilar a los anteriores, así como aquellas actividades dirigidas y protagonizadas por la juventud asturiana o que tengan por objeto fomentar la igualdad entre mujeres y hombres.
También dentro de la Línea 1 podrán ser objeto de subvención aquellas actividades desarrolladas en el territorio de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que tengan por objeto el acercamiento, intercambio y aproximación de grupos de personas emigrantes asturianas o descendientes hasta segundo grado, residentes fuera del Estado español.
De los 70.000 euros que se destinan a este programa, 63.000 irán para las líneas 1 y 3 y 7.000 para la Línea 4. La cuantía máxima de la subvención por beneficiario, será de 7.000 euros, para las Líneas 1 y 3 conjuntamente, es decir, la suma de lo concedido en dichas líneas no podrá superar la citada cuantía. En la Línea 4 la cuantía máxima de la subvención por beneficiario, será de 7.000 euros.
El plazo de presentación de las solicitudes es de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias que fue el viernes 17 de junio.