¿La aplicación de la Ley de Memoria Democrática es igual en todo el mundo?

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De David Casarejos* para Crónicas de la Emigración

La instrucción de una ley dicta como desde el Ministerio de Justicia se articula e interpreta como la ley ha de funcionar y el servicio que los ciudadanos pueden esperar de las instituciones que han de servirnos.

Digo servirnos, aunque a veces hay instituciones que parece que buscan excusas para dificultar las interacciones con los ciudadanos, inventándose trabas, plazos, o incluso documentación adicional, confundiendo a los usuarios y logrando que muchos de ellos se sientan discriminados con respecto a los ciudadanos que viven a veces en el mismo país, pero en diferente demarcación consular.

Si piensan que todos los Registros Civiles, incluidos los Consulados Generales, funcionan de manera igual se equivocaran como por desgracia nos están mostrando cientos de ciudadanos a través de sus redes sociales.

La Ley de Memoria Democrática a través de la disposición adicional octava ha levantado un inusitado interés en el exterior, sobrepasando al que la Ley de Memoria Histórica (LMH) produjo en 2007, y es sobre todo debido a la posibilidad de recuperar u obtener una nacionalidad española que se le ha estado negando a gran parte de nuestra ciudadanía en el exterior.

Los trámites para solicitar la nacionalidad se pueden llevar a cabo en los consulados generales dispersos por el mundo, pero igualmente la red de Registros Civiles en las diferentes provincias españolas han de estar preparadas para estas solicitudes.

En ciudades como Barcelona o San Javier, por poner dos ejemplos, no hay habilitada ninguna información para solicitar citas o explicar que documentación exigen para este trámite.

En Gran Canaria hasta enero de 2023 no decidirán como afrontaran la articulación de una ley que está vigente desde octubre y que tiene una vigencia de 2 años que ya van corriendo (otro prorrogable si lo decide el Gobierno) …los meses pasan y no se cumple la ley.

La primera pregunta es ¿por qué se aprueba una ley que no se puede cumplir por falta de recursos o procedimientos desde el principio?

Para la LMH se dio un plazo a las instituciones para prepararse al aluvión de solicitudes y esta vez se ha decidido prescindir de este periodo provocando grandes diferencias entre los servicios que se ofrecen en el mundo.

¿Como es posible que no haya una estandarización de procedimientos y que solicitar la nacionalidad no sea exactamente igual en La Habana o en Estocolmo?

¿Por qué se da un margen a la discrecionalidad y la posibilidad de discriminar a ciudadanos simplemente por tener un cónsul General con exceso de protagonismo o faltando a su labor de servicio al ciudadano? Hay Cónsules que a veces podrían pasar por Virreyes si tenemos en cuenta su interés en no seguir las normas comunes.

Desde el principio del procedimiento en multitud de grupos en redes sociales se van alzando voces de compatriotas y esta semana por fin se ha logrado que en Lima se comenzaran a dar citas… llevaban semanas esperando mientras veían que en Buenos Aires se habían dado casi dos decenas de miles de citas.

La diáspora en Cuba estuvo igualmente quejándose de la tardanza en abrir los sistemas de citas.

Una vez se han empezado a cursar los trámites la mayor parte de los usuarios han alabado el servicio ofrecido en La Lonja y quizás esas semanas de espera lograron que desde el Consulado General se hayan podido preparar de la mejor forma para los dos próximos años que prometen ser intensos.

Las dudas iniciales con la posibilidad de que hubiera irregularidades y ventas de citas han sido atajadas de manera eficiente y muchas y muchos descendientes de españoles podrán conseguir la nacionalidad, eso sí, si logran toda la información que se exige para este trámite, y tendrán como obstáculo la falta de recursos en muchos registros civiles del gobierno cubano, y la lentitud en poder lograr cualquier certificado de matrimonio, soltería, o cualquier otro documento que se vaya exigiendo.

En La Habana, por ejemplo, en otro ejemplo de buena praxis, se permite que los hijos puedan hacer la solicitud sin esperar a la resolución del trámite de los progenitores, mientras que en otros Consulados Generales no lo permiten a pesar de que desde Asuntos Consulares se explicó que no existe ningún impedimento a solicitarlo a la vez.

En Brasil, tanto en Río de Janeiro como en São Paulo parece ser que no pasaron de la página 1 de la instrucción y estaban solicitando pruebas de exilio por parte de los abuelos o padres a todo el mundo, mostrando una ignorancia total de la ley.

Los ejemplos son múltiples y todo pasa por una solución muy fácil: que todos los consulados ofrezcan las citas desde el mismo momento, usando el mismo sistema, y la página de información sobre la documentación sea exactamente igual para todo el mundo.

Esta ley es importante y puede suponer que unos cuantos cientos de miles de españoles a los que no se les reconocía la nacionalidad, puedan ser ciudadanos y ciudadanas de plenos derechos y quien sabe si retornar al país del que salieron sus ascendientes.

Las soluciones se necesitan ya.

No podemos seguir viendo como hay miles de personas que siguen frustrándose viendo que los meses pasan y que el tren de la nacionalidad vuelve a pasar por delante y no les dejan subirse.

Es fácil identificar que cónsules generales no quieren hacer bien su trabajo y están poniendo trabas o dificultando la solicitud de la nacionalidad a descendientes de ciudadanos y ciudadanas españoles de origen, y están demorándose en abrir citas o en interpretar una instrucción de la manera correcta.

Las leyes pueden ser más o menos justas, pero al menos hay que asegurarse de que son útiles y su cumplimiento es igual en todos los lugares. 

*David Casarejos Moya

Presidente de la Comisión de Derechos Civiles y Participación del Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior y presidente del del Consejo de Residentes Españoles de Manchester.

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