InicioEspañoles de CubaGestión calamitosa: España sólo ha admitido la mitad de las peticiones de...

Gestión calamitosa: España sólo ha admitido la mitad de las peticiones de nacionalidad de descendientes de exiliados

Date:

Del autor

Tiempos turbulentos: Fernando VII, Carlos IV y Bonaparte

-Por Emilio Acosta Ramos A principios del siglo XIX la...

La Hispanidad empieza en Cuba

entre otros valores, Cuba encabeza el sentimiento de Hispanidad, porque se lo ha ganado

IV – Trasfondo histórico de la cuestión puertorriqueña

En 1897 el movimiento autonomista en Puerto Rico pudo lograr que España finalmente le concediera a la isla una Constitución propia, la Carta Autonómica

Descolonizar Cuba

los pueblos como el cubano son en esencia sociedades europeas trasplantadas a otro clima, otra latitud y longitud

El Museo Nacional del Prado celebra su 203 aniversario

Foto: Trampantojo creado por el grafitero DiegoAS. Foto ©...

Sólo la mitad de las más de 475.000 peticiones de personas que solicitaron la nacionalidad española alegando ser descendientes de los exiliados por la Guerra Civil y el franquismo han logrado ser admitidas a consideración de cara a convertirse en españoles en aplicación de la conocida como Ley de Memoria Histórica, informa Europa Press.

Particularmente escandalosa es la gestión del consulado de España en La Habana donde casi 14 años después, se acumulan 30 mil peticiones no tratadas. La situación es incomprensible, sobre todo ahora que gobierna en España una coalición de socialistas, comunistas y otras fuerzas de izquierda que suelen presentarse ante la opinión como defensores de los derechos de los emigrantes, ignorando hipócritamente la situación de los descendientes de españoles en la antigua provincia española.

Recordemos que aquella norma, aprobada en diciembre de 2007 y cuya aplicación recae actualmente en la Vicepresidencia Primera que lidera Carmen Calvo, recoge una disposición adicional que permite la adquisición de la nacionalidad de
origen a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español, así como a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a ella como consecuencia del exilio por la Guerra Civil y la dictadura franquista.

Hasta principios de 2020 un total de 476.251 personas reclamaron el acceso a la nacionalidad por encontrarse en alguno de estos dos supuestos, pero el Gobierno sólo admitió 251.588, el 52,8% de las mismas.

Sobre este tema “Españoles de Cuba” ha estado conversando con la abogada camagüeyana María Eugenia Quevedo Pérez, quien realiza una destacada labor atendiendo a los descendientes de aquella provincia cubana. La señora Quevedo, con una paciencia infinita modera igualmente el grupo privado de Facebook “Hijos, nietos y bisnietos de emigrantes españoles”, aclarando como puede las dudas de los descendientes residentes en Cuba.

La abogada constata con preocupación la creciente inconformidad de algunas personas que llevaban años de espera por la resolución de sus expedientes y se encuentran ahora, tras haber cumplimentado con todos los requerimientos, con una decisión negativa. Por esa razón aconseja “en primer lugar que esperen les llegue el Auto Denegatorio, ese es el documento oficial y único por el cual son notificados de esa decisión” pues cada caso es diferente.

Alerta igualmente sobre casos de usuarios del grupo que aseguran haber resultado aprobadas a través de la aplicación de consulta disponible desde el año pasado, y a las que luego les llega un auto denegatorio. En ese sentido, la abogada se muestra optimista y lo atribuye a errores informáticos. “Aquí en Camagüey no hemos tenido ninguno. Sí tengo a varios clientes en espera de la decisión y no quiero ni pensar en que les pase algo parecido”, expresó.

Sobre el tema de las denegaciones, tampoco se muestra preocupada porque en realidad “están otorgando muchas” y los casos negativos que ella ha tratado, se deben sobre todo a que no se presentaron los requerimientos que en algún momento del largo proceso que ha abarcado muchos años, les fueron solicitados.

Para ella lo más preocupante sobre este tema se sitúa en la sobrevaloración de la administración española del documento que expide Inmigración y Extranjería de Cuba, especificando que la persona no consta en el Registro de Extranjeros, un argumento que trajo una ola de denegaciones en 2019, creado situaciones inexplicables, donde en el seno de una misma familia unos salían aprobados y otros no. Recuerda que a ese propósito el bufete de abogados DobleR, retorno a las raíces, escribió un artículo muy completo el año pasado donde se analizaba precisamente el tema del Registro de Extranjeros y el de la certificación relacionada con el Tratado de París de 1898, requerida igualmente por el Consulado de España, cuando ninguno de estos documentos se exigían inicialmente en la Ley 52/7.

En cualquier caso, la abogada reitera a «Españoles de Cuba» lo publicado en la página del grupo de Facebook “no se desesperen, esperen a que les llegue el auto denegatorio y entonces en función de las causas expuestas en él, realicen el recurso dentro del plazo de treinta días previsto por la ley”.

Preguntada sobre la posición oficial del viceconsulado honorario y de las asociaciones de descendientes de españoles autorizadas en Camagüey sobre el tema de las denegaciones, la jurista aseguró desconocerlas por completo.

Subscribe

- Never miss a story with notifications

- Gain full access to our premium content

- Browse free from up to 5 devices at once

Firmas

3 COMENTARIOS

  1. Logica mas grande y mas amplia donde entran los elementos distintos de los que sirven de fundamento, la prudencia aconseja que se mire siempre en el pasado, con el saludable objeto de que nos sirve de enseñanza y modelo para el futuro.
    Los revolucionarios e independentistas cubanos, no han podido o no han querido ver, y peor el comprender el efecto natural y juridico de la medida cierta, soñando siempre en que la ruptura entre España y USA era para auxsiliarles a ellos, y no una guerra emprendida con objetos distintos, empezaron por mostrarse chasqueados cuando en la toma de Santiago de Cuba no se les permitio izar su bandera con la diaspora, y se nanifestaron impacientes y levantiscos cuando vieron en el momento el que el acto era una «ocupacion militar y belica» en forma continua viendo que la isla no era otra cosa que una «division militar» anglo-sajona yankee cuyo cuartel general se encontraba en el Palacio de los Gobernadores Generales en la Habana,
    La verdad no seria completa, si no se agregara una voluntad de la Nacion Española en el Tratado de Paris, protestando en el contenido del Memorandum anexso al Protocolo nº 21 de la Conferencia del 8 de Diciembre de 1898, y la respuesta de la Comision de USA al referido Memorandum anexso al Protocolo nº 22 de la Conferencia del dia 10-12-1898, el que el Documento Español dice: La Comision Española propuso a la anglo-sajona yankee, el proyecto de varios articulos para el Tratado de Paz, que los anglo-sajones yankee se negaron a reconocer a los habitantes de los Provincias Ultramarinas Españolas cedidasy renunciadas por la Nacion Española el («Derecho de obtar por la ciudadania del conquistador o vencedor, o sea USA con los mismos previlegios que gozaban cuando eran dominios españoles») sin embargo este derecho de «obcion» que es uno de los mas sagrados de la personalidad humana, que ha sido constantemente respetada desde que se emancipo el ser humano, rindiendose a este sagrado derecho de los Tratados sobre cesion de Territorios que se han celebrado en Paris en 1814, en el de Zurich 1859 y en Paris en 1860 y en los de Viena 1864-1866 que se respeto cuando la Guerra entre Francia y Alemania en el Tratado de Frankfort de 1871.
    La Comision anglo-sajona yankee del Tratado de Paris, alego como unica razon para no estipular este respecto el que ellos, los anglo-sajones de USA en sus «Tratados nunca los habian reconocido a sus habitantes como tales de USA» Opinion-Es como si los yankee. fuera la unica potencia poseedora de Criterio de Justicia que se deben de inspirar las convenciones y actas de las naciones del mundo.
    Se negaron a que se fueran devueltas a sus legitimos y particulares dueños los depositos y finanzas, el que los Yankee entendian que les obligaba a devolver a los sudbitos españoles y las oficinas bancarias o del estado español, quienes funcionarios españoles e hispanos americanos, esten por justicia a esta devolucion de las cantidades que se hubieran entregado como la de las cajas publicas o bancos en los territorios de cesion o renuncia que dejaban de pertenecer a la Nacion Española en el concepto de consignaciones, depositos, o fianzas de contratos y obligaciones despues de que hayan sido cumplidas y las fianzas por tanto deben de ser canceladas,No quisieron dar la ciudadania a los territorios Ocupados como estadouni-denses como lo propuso España la prueba aun esta Puerto-Rico. En los Tratados por Belgica, Holanda, Austria, Francia, Dinamarca, Alemania e Italia celebrados en 1839-1859-1864-1866-1871, se negaron en reconocer los Yankee el caracter permanente de esos Tratados y sus Obligaciones en el Tratado que contraen los Yankee respecto a cosas y personas en Cuba limitando su duracion al tiempo de la Ocupacion Militar de Cuba por sus tropas, sin tener presente que las obligaciones correlativas que la Reino España contrae y exsige a la Comision Yankee que sean «PERMANENTES» y por consiguientes quedo Violada la justicia al violarse el principio de reprocidad que informaba siempre los derechos y obligaciones de las partes contratantes el que la Nacion Española tuvo que sacrificar intereses de sus Provincias Ultramarinas en el altar de la Paz, y en evitar la renovacion de la guerra que era evidente de que no podia sostener con una nacion incomparablemente mas poderosa y de mayores recursos, incluyendo a los criollos insurectos cubanos en contra, que se fue impuesta como ultimatum el que sus intereses suyos y los de los territorios cedidos eran sacrificados y rechazados por los Yankee todos con el beneplacito y el visto bueno de los insurrectos cubanos, el que la comision anglo sajona de los yankee en Paris habia de negar al Reino de España el sagrado derecho cuyo respeto reclamaba el que el documento anglo-sajon dice como sigue: El Memorandum presentado en la Conferencia de Paz por delegacion española en la Conferencia, la Comision Española se afirma ilicitamente que la Comision Anglo-Sajona Yankee….. «Se Niega a reconocer a los habitantes de los paises cedidos y renunciados por el Reino de España, el DERECHO DE OBCION POR LA CIUDADDANIA QUE HASTA AHORA GOZABAN» EL que el analisis mostrara que los sudbitos nacidos en España tenian el termino de UN AÑO para asegurar la preservacion de su ciudadania española sin mas requisito que el de aclarar su intencion a ese efecto ante la propia autoridad, en ese caso TENIAN ASEGU RADO el derecho de disponer de sus bienes y a retirarse de la isla de Cuba o quedar viviendo en ella COMO SUDBITOS ESPAÑOLES, o adquirir la Nacionalidad del Nuevo Territorio.
    En cuanto a los nacidos en territorios cedidos la determinacion de su NACIONALIDAD Y DE SUS DERECHOS CIVILES se dejo a la determinacion del Congreso de USA el cual dictara las Leyes que sean debidas para la gobernabilidad e intervencion en fijar las resoluciones por ejemplo la Enmienda Pratt. En acatar el gobierno de un pais que nunca dicto leyes destinadas a oprimir a los residentes de su territorio y en disminuir sus derechos a los residentes de la nacion cuyas leyes permiten la libertad, compatible con preservacion del orden y la proteccion de propietades el que se puede confiar la tarea en decidir sobre la nacionalidad de sus habitantes. Un Saludo….. Pobre Cuba tan lejos de Dios, y tan cerca del Yankee

  2. La Constitucion Española de 1812 hasta la de 1878 dice y bien claro…..» TODOS SON ESPAÑOLES EN …AMBOS EMISFERIOS Y EN DOMINIOS ESPAÑOLES » el que DEJARON DE SER EN EL TRATADO DE PARIS DE 1898 FORMANDOSE NACIONES, menos Puerto Rico que no son nacion , ni provincia, ni comarca, solo un pedazo de isla en las Antillas. Haiti es nacion, la.Republica Dominicana es nacion,,, los porto-riqueños no son NI Carne Ni PESCADO.

Deja un comentario