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Españoles de Cuba: Ya pueden solicitarse las ayudas de urgencia 2021

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Puede descargar los impresos de solicitud en el siguiente enlace: Planilla de solicitud Ayuda 2021

Concepto y regulación

El artículo 5.2 de la Orden AEX/1059/2002, de 25 de abril, de bases reguladoras de las ayudas de protección y asistencia consulares en el extranjero, establece que son ayudas de subsistencia “las que se conceden a españoles residentes en el extranjero, mayores de sesenta y cinco años, incapacitados para el trabajo y menores de edad que carezcan de los medios económicos para su subsistencia y no perciban pensiones asistenciales”.

Posibles beneficiarios

Las ayudas de subsistencia tienen carácter extraordinario. Para presentar una solicitud de ayuda de subsistencia al Consulado General de España en La Habana, el solicitante debe reunir los siguientes requisitos:

  • Ser nacional español.
  • Encontrarse dado de alta en el Registro de Matrícula Consular del Consulado General de España en La Habana.
  • Ser menor de edad, mayor de 65 años o, teniendo entre 18 y 65 años de edad, demostrar documentalmente que está incapacitado para el trabajo.
  • Documentar adecuadamente que carece de medios de subsistencia.

Tenga en cuenta que no se puede obtener esta clase de ayuda si en el presente ejercicio se ha percibido otra de cualquier clase (ayudas de este Consulado General, pensiones del Ministerio de Trabajo español, ayudas de las Comunidades Autónomas españolas, ayuntamientos u otros.

Tampoco pueden obtenerlas dos miembros de una misma unidad familiar, ni aquellos solicitantes cuyo ingreso per cápita del núcleo familiar sea superior al mínimo de subsistencia anual (equivalente a 200 €).

Recuerde que el hecho de reunir los requisitos anteriormente descritos no otorga un derecho automático a recibir una prestación.

Cómo solicitar una ayuda de subsistencia

Aquellas personas que reúnan los requisitos anteriormente indicados pueden presentar su solicitud, en persona, hasta el día 31 de marzo de 2021, incluido.

Las solicitudes deben ser entregadas personalmente:

  • En el Consulado General de España en La Habana, de lunes a viernes, entre las 9:00 horas y las 10:00 horas (ventanilla nº3 de la calle Zulueta).
  • En los Viceconsulados Honorarios de España en Santa Clara, Camagüey y Santiago de Cuba.

La presencia física del solicitante en la demarcación consular es requisito imprescindible para la posible concesión de la ayuda. Por ello, los interesados deben acudir personalmente al Consulado General o Viceconsulados Honorarios para presentar su solicitud, no siendo admisibles las presentadas por representante ni a través de correo postal o electrónico.

Puede descargar los impresos de solicitud en el siguiente enlace: Planilla de solicitud Ayuda 2021

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