InicioFirmasEl engendro constitucional castrista

El engendro constitucional castrista

Date:

Del autor

Isabel de Bobadilla, Capitana general de la Isla de Cuba

Durante la conquista y colonización de América, muchas mujeres...

La expulsión de los jesuitas: Antecedentes y consecuencias

-Por Emilio Acosta Ramos Un tema que genera debate es...

Gracias a Alejandro Toledo, el globalismo se infiltró en el Perú

-Por Mar Mounier 'Gracias' a Alejandro Toledo, el globalismo se...

 
El régimen castrista precede a la Constitución cubana. Y no solo en sentido temporal, sino sobre todo en orden de importancia. Dada dicha precedencia autoritaria, es el régimen el que condiciona y determina el texto constitucional, y no a la inversa. Más que una verdadera Carta Magna, no pasa de ser un mero instrumento pro forma. Nunca ha sido un «traje bonito», sino una camisa de fuerza para coartar las libertades individuales y los derechos humanos.

 

La Constitución cubana fue promulgada en 1976 tras 17 años de ‘gobierno provisional revolucionario’, un largo periodo de arbitrariedades indecibles que a partir de ese año continuarían por la vía institucional. La llamada institucionalización fue un reclamo de la entonces Unión Soviética que entrañaba la sovietización a tope de la sociedad cubana, como en efecto ocurrió hasta el derrumbe de la segunda superpotencia.
La Constitución de 1976, por otro lado, se confeccionó a la medida del caudillo omnipotente, concentrando todos los poderes en su persona. Aun así, cuando le quedaba estrecha, la rasgaba de un tirón. El rechazo sañudo al Proyecto Varela, una iniciativa ciudadana que aprovechaba un resquicio legal para pedir un plebiscito, es el ejemplo más clamoroso.
El tirano todopoderoso, como después su hermano y heredero, se hallaba muy por encima de la Constitución y se la saltaba olímpicamente llegado el caso. Era el superconstituyente en jefe. Hoy en día, hallándose Raúl Castro y demás históricos al final de la vida, la situación cambia sensiblemente.
Si con la actual reforma constitucional se delimitan más las funciones del Estado y el Gobierno –separándose los cargos de presidente de la República, primer ministro y presidente del Consejo de Estado (que a su vez lo será de la Asamblea Nacional)– no se procede así en función de un liderazgo colectivo, como ingenuamente se ha afirmado, sino con el fin de no concentrar todo el poder en una sola figura. Algo que previsiblemente pudiera convertirse en una amenaza, porque nunca se sabe con certeza las verdaderas intenciones de los herederos políticos.
Finalmente –casi huelga añadirlo–, el engendro constitucional reformado más en apariencia que en esencia, lejos de conceder más libertades políticas y económicas al pueblo, consagra la preeminencia del PCC, la irrevocabilidad del socialismo y la inmovilidad de un régimen obsoleto y retrógrado anclado en una ideología universalmente fracasada. El individuo, más súbdito que ciudadano bajo el castrismo, continuará siendo tuerca o tornillo en ese tenebroso engranaje totalitario.

Subscribe

- Never miss a story with notifications

- Gain full access to our premium content

- Browse free from up to 5 devices at once

Firmas

Artículo anterior
Artículo siguiente

Deja un comentario