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  • El Proyecto de Ley de Memoria Democrática que sigue su tramitación, incluye en la Disposición Adicional Octava una regla para la adquisición de la nacionalidad española para nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.

El Proyecto de Ley de Memoria Democrática supera su primer examen parlamentario, una vez rechazadas por el Pleno del Congreso el pasado 14 de octubre las enmiendas a la totalidad de devolución presentadas por los grupos Popular y Vox, por 151 votos a favor, 196 en contra y ninguna abstención, y la enmienda a la totalidad de texto alternativo del Grupo Republicano, por 31 votos a favor, 308 en contra y 9 abstenciones. Además, a propuesta del Grupo Republicano, se ha sometido a votación la avocación a Pleno del proyecto, que ha sido aprobada por 333 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención. El texto continuará su tramitación en ponencia, comisión y pleno.

Este Proyecto de Ley de Memoria Democrática incluye en la Disposición Adicional Octava una regla para la adquisición de la nacionalidad española para nacidos fuera de España de padres o madres, abuelas o abuelos, exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia.

En esta disposición se incluye a los hijos nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros, antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978, así como a los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en el Proyecto de Ley de Memoria Democrática o en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre (Ley de Memoria Histórica).

Por otra parte, el Proyecto de Ley propone instaurar el 8 de mayo, fecha de la victoria europea sobre el fascismo y el nazismo, como día de recuerdo y homenaje a los hombres y mujeres que sufrieron el exilio como consecuencia de la guerra civil y la dictadura.

Tramitación

Concluido el debate de totalidad, se abre el plazo de presentación de enmiendas de los grupos parlamentarios. Finalizado dicho plazo, la Comisión Constitucional nombrará en su seno una Ponencia para que, a la vista del texto y de las enmiendas al articulado presentadas, redacte un informe.

Este texto, junto a las enmiendas que, en su caso, se incorporen tras su debate en comisión, conformará el dictamen que será elevado al Pleno del Congreso, para una votación final, antes de ser remitido al Senado.

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