¿Eres hijo mayor, vives en Cuba y quieres recuperar la nacionalidad española para vivir en España? Tenemos una solución para tí: el arraigo familiar.
En el caso de los cubanos, debes entrar a España como turista y, una vez en el país, iniciarás tu solicitud de residencia, para que una vez que se haya cumplido el año a partir del momento en que te otorguen el permiso, puedas iniciar los trámites de la nacionalidad.
Muchos españoles de Cuba, (hijos mayores que no tuvieron derecho a optar por la nacionalidad española por esta causa), nos escriben pidiendo soluciones para recuperar la nacionalidad de sus ancestros. Además de esperar a que Pablo Iglesias y sus acólitos dejen de jugar con nuestros pobres nervios, existe una vía poco conocida para obtener la residencia en España: el procedimiento de “Autorización residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo familiar”.
Este tipo de residencia se aplica a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
¿Cómo conseguirla?
Si has nacido fuera de España y no solicitaste la nacionalidad española en los tiempos previstos por ley para ello (normalmente antes de los 21 años de edad), pero eres hijo de padre o madre que sea español de origen; puedes obtener la nacionalidad si vives un año legalmente en España.
¿Cómo se hace el trámite?
Es importante recalcar que, para poder solicitar la nacionalidad por esta vía, primero tienes que residir al menos un año legalmente en España. Por lo tanto, lo primero que necesitas hacer al llegar a España es solicitar el permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales: arraigo familiar, y ese trámite se hace de la siguiente forma:
Lo primero es que, cuando te vengas para España, tengas toda la documentación que vas a necesitar. Ellos se quedan con las copias, así que lleva original y copia de los documentos para que ellos verifiquen el original y te lo devuelvan:
- Certificado de antecedentes penales, preferiblemente con no más de 90 días de emitido debidamente apostillado.
- Tu partida de nacimiento cubana debidamente apostillada.
- Acta literal de nacimiento española de tu padre o madre o certificado del Registro Civil (consulado) que acredite su nacionalidad española.
- También vas a necesitar cumplimentar (llenar) por duplicado el formulario oficial EX-10 por duplicado.
- Copia completa del pasaporte que tenga una vigencia mínima de cuatro meses, así que ten cuidado con la fecha de vencimiento, saca uno nuevo antes de venir a España si es necesario.
Recuerda que en este caso es súper importante que traigas todos los documentos que puedan acreditar y validar que de verdad hay un vínculo familiar y que tu padre o madre eran españoles de origen. Es importante que vayas al Consulado de España en tu ciudad y pidas información sobre qué otro documento podrás necesitar para acreditar esa condición en España. Recuerda hacerlo con tiempo, porque esos procesos pueden demorar.
Fuente: Carrero abogados, para Inmigratesmadrid.com