Ayudas de subsistencia para los españoles de Cuba

Requisitos

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REQUISITOS DEL SOLICITANTE: Ser español, estar inscrito en el Registro de Matrícula Consular y encontrarse de
alta. Carecer de medios de subsistencia. Ser mayor de 65 años o, siendo menor, estar incapacitado para el trabajo.
INCOMPATIBILIDAD DE ESTAS AYUDAS: No se puede obtener esta clase de ayuda si en el presente ejercicio se
ha percibido otra de cualquier clase, como Ayuda de este Consulado General, Pensiones del Ministerio de Trabajo
Español, Ayudas de las Comunidades Autónomas Españolas, Ayuntamientos, etc. Tampoco pueden obtenerlas dos
miembros de una misma unidad familiar ni aquellos solicitantes cuyo ingreso per cápita del núcleo familiar sea superior
al mínimo de subsistencia anual (200,00 €).
3) COMO OBTENER LA SOLICITUD (PLANILLAS) Y GUIA INFORMATIVA:
• En la ventanilla de recogida de impresos de este Consulado General en horario de 11:15 a 11:45 horas, de
lunes a viernes.
• A través del CRE (Consejo de Residentes Españoles).
• A través de la Federación de Asociaciones Españolas y en cada una de las Asociaciones que representan a las
Comunidades Autónomas Españolas.
• En los Viceconsulados Honorarios de Villa Clara, Camagüey y Santiago de Cuba.
• Descargándolo de la página Web del Consulado http://www.maec.es/Consulados/LaHabana/
4) COMO EFECTUAR LA SOLICITUD:
Las solicitudes deben ser cumplimentadas y entregadas en este Consulado
General o en los Viceconsulados Honorarios de Villa Clara, Camagüey y Santiago de Cuba. También pueden ser
enviadas por correo certificado a la siguiente dirección:
CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN LA HABANA.
Sección de ayudas. Solicitud 2014
Calle Zulueta no
HABANA VIEJA, CP 10100 (Ciudad de la Habana).

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