¡Atención nietos! Despierta el Consulado habanero de su largo sueño

La Habana, 06/07/2018. Una serie de misteriosos correos electrónicos están llegando a los ordenadores y dispositivos móviles de los usuarios que esperan desde hace casi 10 años la resolución de sus expedientes de nacionalidad, aparcados durante el gobierno del defenestrado Mariano Rajoy. Culpable, entre muchas otras cosas, por haber cedido a las presiones de su mejor amigo americano, y a las de los cabilderos de la hostelería, (esos modernos negreros del siglo XXI), que por casualidad en su gran mayoría también son catalanes.
En efecto, como sabemos, el régimen de La Habana les hizo llegar, insistentemente, su malestar por el reparto desenfrenado que hizo Zapatero de pasaportes rojos en La Habana. Un negocio muy lucrativo para la administración, pero que, llevado hasta las últimas consecuencias, amenazaría la propia estabilidad de la dictadura, y eso ¡válgame Dios! es algo que nadie desea.
En fin, parece que el Consulado de España en La Habana ha recibido instrucciones desde lo más alto para reactivar la resolución de los más de ¿50 mil? ¿70 mil? expedientes de nacionalidad española dejados de lado por la anterior administración. Tal vez por eso un usuario recibió el pasado 6 de julio el siguiente y enrevesado mensaje administrativo donde se aclara que “El Consulado General de España en La Habana está realizando un importante esfuerzo para acortar los plazos de tramitación de los expedientes de nacionalidad pendientes de resolución.”

Plazos estimados para trámites de opción de nacionalidad

También estamos intentando mejorar la información a los interesados y responder todas las consultas, con la mayor celeridad y dando la información más precisa posible.
Al objeto de facilitar la gestión de las consultas sobre estado de tramitación de expedientes de nacionalidad les pedimos, si necesitan volver a enviar un correo, que lo hagan a esta misma dirección especificando en el “ASUNTO” lo siguiente:
La ley por la que se está tramitando el expediente:

Los funcionarios del consulado no se equivocan cuando estiman que la mayoría de las personas desean conocer el estado de tramitación de sus expedientes empolvados, por eso piden encarecidamente a los usuarios que a la hora de precisar el asunto del correo lo hagan siguiendo el siguiente modelo:

ASUNTO: Ley 52. 240112-353421. Juan Alberto Mejido Jiménez. 65695756836

El mismo reitera los esfuerzos por acelerar el proceso y concluye sugiriendo algunas recomendaciones para facilitar la gestión de las consultas sobre estado de tramitación de expedientes. Aclarando que no hace falta enviar ninguna documentación adicional puesto que, “toda la información relevante de abuelos, documentos, historial del propio expediente, etc., ya figura nuestros archivos.”
En el mismo correo se precisan otras informaciones de interés relacionadas con las gestiones más corrientes que suelen hacer los usuarios de la sede como pueden ser los tratamientos de requerimientos y sus aportes de documentación, así como la petición de turnos y certificaciones que ofrecen los servicios consulares. El correo agradece a las personas que se encuentran en esos supuestos que no sigan enviando correos porque en esos temas no hay nada más que decir, excepto lo que sigue:

Si usted está dentro de estos supuestos agradeceremos no vuelva a enviar el correo ya que la única información que podríamos darle es la que ahora le estamos suministrando.

Los controvertidos e inagotables requerimientos son un dolor de cabeza para los pobres españoles de Cuba, por desgracia en ese sentido no hay novedades, ya que todavía siguen sin revisar los requerimientos que se entregaron después de agosto del 2015. O sea, si usted entregó algún papel después de esa fecha, siga sentado.

Requerimientos:

Aprovechamos este correo para remitir la información genérica que podemos dar en casos de requerimientos. Diferenciamos entre requerimientos generales para Ley 52 y los casos de expedientes de menores (en el segundo caso los plazos estimados de tramitación son un poco más reducidos).
Si usted recibió un requerimiento y presentó documentación posteriormente a agosto de 2015 (caso ley 52) o posteriormente a septiembre de 2016 (en el caso de menores), su documentación todavía no ha sido revisada.

El correo del consulado recuerda que los requerimientos debían llegar debidamente acompañados con el original del correo remitido y aclara las dos únicas posibilidades que pueden presentarse a los atribulados usuarios:

Supuesto 1

Documentos no presentados o requerimiento no recibido
Tranquilo, tranquiliza el correo “Si usted no llegó a depositar la documentación y no tiene el requerimiento lo puede solicitar en este Consulado General. La documentación deberá depositarse cualquier día laborable de 08:30 a 13:00 horas.”

Supuesto 2

Documentos presentados (si usted presentó los aportes solicitados)
Aquí la respuesta ya la sabemos, pero no está demás repetirla “Debido al volumen de tramitación de expedientes, y al riguroso orden de incoación de los mismos, en este momento se están revisando aportes de documentación hechos hasta agosto de 2015, todavía no se han revisado aportes posteriores.”

Récord mundial: Tres años para tratar un expediente

El correo prosigue recordando los pasos (y plazos, que son variables según los propios funcionarios) que debe dar una solicitud desde que se esta se presenta hasta que se resuelve “Desde el examen de la documentación hasta la resolución definitiva del expediente puede transcurrir un espacio de tiempo de aproximadamente dos años Tras la resolución definitiva puede demorar un periodo de otros nueve meses aproximadamente para la inscripción.
El Consulado General aclara que “sólo informa a los interesados al final del procedimiento, comunicando el auto desestimatorio o la inscripción de nacimiento. No de las fases intermedias (revisión de aportes, propuesta de resolución, etc.).”

El caso de los expedientes de menores, dos años y subiendo

Esta situación agobia sobremanera a los padres, pues los mismos no ignoran que los casos de menores que se quedaron sin nacionalidad española al llegar su mayoría de edad por culpa del silencio consular y la desidia de sus funcionarios, son legión en la empobrecida isla. Para ellos, el consulado asegura que: «Esta respuesta se ha elaborado para informar de los plazos actuales de tramitación de expedientes de nacionalidad iniciados por menores de 20 años.»
En la misma se reitera la voluntad de avanzar rápidamente y se informa que “a día de hoy se están revisando expedientes nuevos y aportes de documentación hechos hasta septiembre de 2016, los posteriores no se han revisado todavía.” Por último, el correo precisa que “Desde el examen de la documentación hasta la resolución definitiva del expediente puede transcurrir un espacio de tiempo de aproximadamente un año y medio y que tras la resolución definitiva puede pasar un periodo de otros seis meses aproximadamente para la inscripción.”
El correo concluye con el consabido “El Consulado General sólo informa a los interesados al final del procedimiento, comunicando el auto desestimatorio o la inscripción de nacimiento. No se informa al final de las fases intermedias (revisión de aportes, propuesta de resolución, etc.)”
Fuente: Blog Doble R

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