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Sara Vilà publica en twitter el texto de la nueva Ley de descendientes

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La senadora de En Comú Podem ha respondido a uno de sus seguidores que la preguntaba por el número de inscripción de la iniciativa senatorial. Vilà le ha contestado que por el momento el texto no cuenta con un número atribuido, indicándole la primera página del documento con el cuño de recepción.

Una vez informáticamente registrado, el texto completo con un registro oficial, se podrá consultar en el portal del Senado.

El documento fue registrado a las once de la mañana de ayer 6 de septiembre y consta de nueve páginas. En cuanto al contenido de la misma, la senadora no ha precisado si el texto ha sido modificado para incluir los reclamos de otros colectivos de descendientes que no han sido incluidos en los 4 supuestos que defiende PODEMOS.

Por lo que se puede apreciar en la ‘exposición de motivos’, el texto es idéntico al del año pasado. Estaremos informando a los lectores de Españoles de Cuba si se han producido modificaciones importantes.

PROPOSICIÓN DE LEY EN MATERIA DE CONCESIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA A LOS DESCENDIENTES NACIDOS EN EL EXTRANJERO DE PROGENITORES ESPAÑOLES

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Durante el siglo XX, ciudadanos españoles y ciudadanas españolas debieron emigrar forzadamente del territorio español por cuestiones políticas y/o económicas. Sin embargo, ese exilio acuciado por el miedo y el hambre no impidió el mantenimiento de fuertes lazos entre Espada y los exiliados y sus descendientes que tuvieron y tienen una visible impronta en las colectividades de emigrantes en los países de acogida. Esos descendientes de emigrantes se muestran fuertemente vinculados a sus ralees y se enorgullecen de su identidad. Por más satisfacciones que se hayan obtenido en los países de destino, la expatriación, el destierro forzado y el siempre doloroso desarraigo marcaron las vidas del colectivo emigrante y continúan haciéndolo en sus descendientes.

Con la aprobación de la Ley 52/2007. de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, se permitió la posibilidad de adquisición de la nacionalidad española a los descendientes hasta el segundo grado de quienes hubiesen sido originariamente españoles. Así, se atendía a una legitima pretensión de la emigración española al incluir a los descendientes de quienes perdieron la nacionalidad española por el exilio.

Esta posibilidad, recogida en la Disposición Adicional Séptima de dicha Ley y sometida a un plazo de caducidad de dos años -plazo ampliado posteriormente por otro año más por acuerdo del Consejo de Ministros-, proporcionó una vía de acceso a la nacionalidad a muchos descendientes de españoles que residen en el exterior por motivos de exilio, contribuyendo así a la obligación de saldar aquella deuda histórica.

Sin embargo, si bien la medida fue muy bien acogida y permitió el acceso de muchos de los solicitantes a la nacionalidad española, la interpretación restrictiva de la referida D aposición Adicional Séptima impidió que algunos descendientes de españoles y, sobre todo, de española que abandonaron…

(Noticia en desarrollo)

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16 COMENTARIOS

  1. Mas que compromiso politico hace falts una realidad llevamos 10 años de lucha para que seamos reconocidos.nietos.hijos mayores y nietos de abuelas.no mas excusas…

  2. Mas que compromiso politico hace falts una realidad llevamos 10 años de lucha para que seamos reconocidos.nietos.hijos mayores y nietos de abuelas.no mas excusas…

  3. por favor, yo necesito saber si dentro de esta ley arribarían a los bisnietos;estoy en espera de una respuesta acertada hace 6 años y no dicen nada al respecto, quisiera, si es posible una respuesta

  4. por favor, yo necesito saber si dentro de esta ley arribarían a los bisnietos;estoy en espera de una respuesta acertada hace 6 años y no dicen nada al respecto, quisiera, si es posible una respuesta

  5. Hola hasta cuando tantas mentira. Mi familia lleva mas de 10 años en espera y siempre le dicen estan en tramites , todo se ha converyido en un gasto de dinero y robo . Todo es papel y mas papel y nada . Ya le dige que nl hicieran mas gastos en esa basura. Al final no te devuelven el dinero de los gastos realizados y nunca te dan una respuesta clara.

  6. Mi abuela natural de Infiesto – Asturias, mi padre natural de Cuba, obtuvo la nacionalidad española en el 2008, ya fallecido, yo desde el año 2011 inicie trámites para mí, en el 2015 fui denegado, me encuentro en proceso de apelación en la actualidad, mi última visita al consulado en la Habana fue el 01.04.2019 para actualizar documentos, que más debo probar ???

  7. Mi abuela natural de Infiesto – Asturias, mi padre natural de Cuba, obtuvo la nacionalidad española en el 2008, ya fallecido, yo desde el año 2011 inicie trámites para mí, en el 2015 fui denegado, me encuentro en proceso de apelación en la actualidad, mi última visita al consulado en la Habana fue el 01.04.2019 para actualizar documentos, que más debo probar ???

  8. Por favor yo fui denegada y tengo los documentos que prueban que soy nieta como hizo su proceso de reclamación me puede ayudar para yo hacerlo.

    • Para la reclamación debes llevar lo antes posible al consulado por la ventanilla de asuntos generales todos los documentos que tengas (fotocopias), como certificación literal de nacimiento de abuelos,padres,el tuyo, documentos de iglesias,etc, una carta manuscrita con tu firma al final ,donde solicitas la nacionalidad española, eso lo mandan a Madrid, demora, yo lo entregue en Octubre 2017 y en Marzo 2019 me los enviaron por correo porque había olvidado firmar la carta manuscrita de solicitud y el 01.04.2019 los volví a entregar en el mismo lugar, éxitos con tu gestión te deseo.

  9. Cualquier gestión realizada, dirigida a reconocernos el derecho a la descendencia de aquellos exiliados españoles que por una razón u otra no alcanzamos el beneficio dela anterior ley 52. Gracias. Tenemos fe y esperanza.

  10. Por favor me gustaría compartir con ustedes la siguiente nota que estoy recibiendo últimamente cada vez que visitó el sitio web del consulado español en la Habana y solicito el estado actual de mi expediente :
    «Los datos introducidos no coinciden con ningún expediente».
    Hace menos de un mes no era así, recibía toda la información correctamente, fui denegado en el 2015 y me encuentro en fase de apelación «Ley 52/2007», Ley de memoria histórica ( conocida como ley de nietos).
    Saludos a todos.

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