Nacionalidad española: Arraigo familiar; madre o padre originariamente españoles

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«…El derecho de OPCIÓN tiene por objeto formalizar y hacer efectiva la nacionalidad de origen, que viene dada por la ley, al ser determinada la nacionalidad de origen por nacimiento de padre o madre español, es decir por IUS SANGUINIS. ¿Qué es el Ius Sanguinis? Ius sanguinis (del latín, «derecho de sangre») es el criterio jurídico que puede adoptar un ordenamiento para la concesión de la nacionalidad. Por el ius sanguinis, una persona adquiere la nacionalidad de sus ascendientes por su filiación (biológica o incluso adoptiva), aunque el lugar de nacimiento hubiera sido en otro país. ¿Qué es el arraigo familiar (artículo 124.3. B- Real Decreto 557/2011)? Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España y, o bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española. Extracto de la sentencia 000305/2017, Juzgado de lo Contencioso de Santa Cruz de Tenerife 15/12/2017 “La cuestión controvertida es jurídica y se centra en si un hijo de padre español de origen, nacida en Cuba, que… «

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