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La Dirección General de Migraciones destina 800.000 euros a la mejora de los centros españoles en el exterior

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El plazo para solicitar estas ayudas finaliza el próximo 1 de junio

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El objeto de estas subvenciones es contribuir a sufragar los gastos de obra nueva, obras de rehabilitación y adaptación de los edificios e instalaciones, y adquisición de equipamiento, de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
Convocado el Programa de Comunicación
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el martes 12 de mayo la Resolución por la que se convocan las ayudas del Programa de Centros de la Dirección General de Migraciones y que están dotadas con un total de 800.000 euros.
Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a sufragar los gastos de obra nueva, obras de rehabilitación y adaptación de los edificios e instalaciones, y adquisición de equipamiento, de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta y que desarrollen una labor sociocultural, sanitaria o asistencial a favor de los españoles del exterior.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros (CACE) de la Dirección General de Migraciones con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
La cuantía de la subvención no podrá ser superior a 65.000 euros y el plazo para presentar las solicitudes finaliza el próximo 1 de junio.
Serán subvencionables los gastos de inversión, admitiéndose los de adquisición de equipamientos, medios informáticos, audiovisuales y mobiliario, así como las obras para la rehabilitación, el acondicionamiento y adaptación de inmuebles. No serán subvencionables los gastos de reparaciones y de mantenimiento.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

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