Guerra y paz con Cuba

España y Cuba todavía no han firmado con reciprocidad ningún documento que establezca la paz entre ambos países soberanos.

Se puede considerar como fecha del inicio de las hostilidades que van a dar paso a sacar relucir las armas de guerra, al mes de octubre del año de 1.868 y, concretando, para su día diez, en la estancia de la Demajagua, localidad de Yara, municipio de Bayamo, hacienda propiedad del abogado bayamés Carlos Manuel de Céspedes del Castillo, donde después de varias reuniones previas de gentes cubanas en aquella zona oriental de la isla de Cuba, se va a proclamar por unanimidad de los asistentes la lucha armada contra España.
El paso siguiente, realizadas ya varias refriegas guerreras, supuesto que a la alzada de la Demajagua se han sumado muchos cubanos, a aquellas fuerzas alzadas, convenía darle la legalidad de los documentos; Y así, en la localidad de Guáimaro se reunieron gentes de Centro, Orientales y Occidentales para redactar la primera Constitución que tuvo como República Independiente la isla de Cuba.
La constitución que tuvo nacimiento en la localidad de Guáimaro para el día diez de abril de 1869, establece, entre otras disposiciones, claramente que va a tener la misma vigencia que dure la lucha armada contra la metrópolis española, contra la cual, desde el mes de octubre del año anterior, se llevan ya siete meses de lucha armada.
A la localidad libre de Guáimaro, llegan las fuerzas cubanas alzadas contra España con diferentes puntos de vista respecto a los mandos y al gobierno interno de ellas, especialmente las gentes de la localidad y zona del Camagüey que en todo momento quisieron llevar la voz cantante en todo el proceso libertador al precio que fuese, por lo que en Guáimaro quedó todo legislado y rigiendo con mayoría aceptada por todos los presentes e intervinientes en la dicha primera ley de leyes, en la primera Constitución de una Cuba Libre.
En la primera constitución cubana, la nombrada como Constitución de Guáimaro, en ninguno de sus articulados se establece la formula constitucional de cómo y cuándo llegar a proceder a firmar la paz con España.
Por motivos internos de las tropas cubanas alzadas, especialmente otra vez desde la zona de Camagüey, se sigue disconforme con lo acordado en Guáimaro que, se firmó con una vigencia para que durara todo el tiempo que durase la guerra. Pero, al no haber una conformidad unánime, se realizan y promueven programas de gobiernos parciales, como el llamado Programa de Santa Rita, Camagüey, que serán documentos puramente locales o parciales, pero sin el rango supremo de una Constitución.
Con regimiento de la primera constitución cubana, la llamada de Guáimaro, pasaran diez años de lucha armada entre Cuba y España. Y cuando se llegue a la llamada Paz de San Agustín del Zanjón, firmada en Febrero, en su día diez, del año de 1.876,  como lo que se firmó en el citado lugar del Zanjón solo fue un Convenio de Paz entre dos ejércitos y no al completo en el caso de Cuba, como claramente queda reflejado en el propio artículo ocho del citado tratado que claramente indica que ambas partes: Consideran lo pactado con el Comité del Centro como General y sin restricciones particulares todos los departamentos…” En San Agustín del Zanjón no se librará documento alguno que manifieste que la República en Armas de Cuba, firma paz alguna con España.
Cuando se llega al año de 1.895, a su mes de Febrero, para el domingo de carnaval día 25, y se inicia desde la localidad de Yara la Revolución por la independencia y creación de Cuba en República Democrática, en un nuevo periodo de guerra iniciada contra España, al constituirse en Asamblea Constituyente los cubanos a día dieciséis de septiembre de 1.895 a forjar la Constitución de Jimaguayú, existe una unanimidad entre todos y cada uno de los veinte firmantes reunidos en Camagüey, en su localidad dicha de Jimaguayú.
La constitución segunda que tuvo la isla de Cuba, la nombrada de Jimaguayú, en sus articulado, en el que lleva en número de orden once, sí se establece lo siguiente en referente a la paz con España: El tratado de paz con España que ha de tener precisamente por base la Independencia absoluta de la Isla de Cuba, deberá ser ratificado por el Consejo de Gobierno y la Asamblea de Representantes convocada expresamente para ese fin”.
En Jimaguayú la vigencia y regimiento que se le da a la constitución que allí se firma, es de dos años. Transcurridos los cuales, se deberá volver a convocar la Asamblea Constituyente que rija, para determinar nuevos aspectos.
En el potrero La Yaya, en Sibanicú, Guáimaro, Camagüey, a día dos de septiembre de 1.897, 12 días antes que venciera el plazo de vigencia establecido en la localidad y constitución de Jimaguayú, se reúne la legal Asamblea Constituyente de Cuba, y en la nueva constitución que establecen, en su artículo veintidós, apartado quince, dicen que:” … El de Paz con España ha de ser ratificado por la Asamblea y no podrá ni siquiera iniciarse sino sobre la base de Independencia absoluta e inmediata de toda la Isla de Cuba”.
La Constitución conocida con el nombre de La Yaya firmada en Camagüey a veintinueve de octubre 1.897, establece que estará en vigor mientras no se promulgue otra que la demore.
Para antes de que hubiesen trascurrido seis meses, para el día 18 de abril del año de 1.898, se produce la Intervención Armada de los EE.UU. en la Isla de Cuba. Y ya a partir de la fecha indicada, las garantías de cualquier tipo de legalidad quedan arrumbadas y solo rigen las decisiones a capricho de los gringos.
Por tanto, a nivel de papeles legales, como lo que después se va afirmar en París en el mes de diciembre de 1.898 entre España y EE.U.U. no pasa de ser un contrato inmobiliario, netamente mercantil firmado entre personas de ambos países, España y Cuba todavía no han firmado con reciprocidad ningún documento que establezca la paz entre ambos países soberanos.
Ya va siendo hora. Salud y Felicidad. Juan Eladio Palmis.

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