Españoles de Cuba: quienes “rogaron el voto” en los comicios del pasado 28 de abril no tendrán que volver a hacerlo

Más de 2,1 millones de españoles residentes en el extranjero podrán ejercer su voto el próximo 10 de noviembre siempre y cuando el próximo martes 24 de septiembre se concrete definitivamente la convocatoria de nuevas elecciones generales para dicha fecha.

Como principal ventaja para los residentes en el extranjero, hay que destacar que aquellos que hubiesen solicitado el voto en los anteriores comicios generales del 28 de abril no tendrán que volver a hacerlo.

Esto es así porque este nuevo proceso electoral se regula por la Disposición Adicional Séptima incluida en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) en la reforma que se aprobó en 2016 para regular las elecciones que se convocarían según el apartado 5 del artículo 99 de la Constitución. Dicho apartado se refiere a la convocatoria de nuevas elecciones generales cuando, transcurridos dos meses desde la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso.

En el apartado m) de la Disposición Adicional Séptima de la Loreg se establece que “se entenderá válida y no requerirá que vuelva a ser formulada para el nuevo proceso electoral la solicitud aceptada por la Oficina del Censo Electoral que los españoles inscritos en el censo de los electores residentes-ausentes en el extranjero hubieren formulado para las elecciones a Cortes Generales inmediatamente anteriores, siempre que dichos españoles sigan inscritos en el censo de electores residentes-ausentes vigente para las nuevas elecciones”.

Sin embargo, la principal desventaja es que el proceso electoral será de 47 días, siete menos que los 54 habituales, lo cual deja muy poco margen para que los españoles en el extranjero puedan ejercer su derecho con normalidad.

El Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) cerrado a 1 de julio de 2019, que es el que se tendrá en cuenta para estos nuevos comicios, asciende a 2.111.202 inscritos a los que habrá que sumar todos aquellos españoles residentes en el extranjero que alcanzarán la mayoría edad antes de las elecciones.

Los listados del censo se podrán consultar entre el 30 de septiembre y el 7 de octubre en los consulados y en ese periodo podrán presentarse las reclamaciones correspondientes.

Quienes no hubiesen solicitado el voto en las anteriores elecciones generales deberán hacerlo no más tarde del 19 de octubre, según lo establecido en el artículo 75 de la Loreg. Esta solicitud podrá realizarse a través de la página web de la Oficina del Censo Electoral (OCE) o mediante el envío del impreso oficial de solicitud vía fax o correo postal a la correspondiente delegación provincial de la OCE. La OCE enviará de oficio el impreso de solicitud a los inscritos en el CERA que no hubiesen solicitado el voto en los anteriores comicios generales.

Cabe recordar que en las elecciones del pasado 28 de abril se aceptaron 182.545 solicitudes de voto sobre un total de 2.099.463 censados, es decir, solo pidieron el voto el 8,7% del total de electores.

Se acortan los plazos para el envío de la documentación

En estos comicios generales los plazos para el envío de la documentación para votar a los españoles en el extranjero se adelantan en siete días. Así, una vez que la OCE ha recibido las solicitudes de voto, enviará dicha documentación no más tarde del 21 de octubre (vigésimo séptimo día posterior a la convocatoria) en aquellas circunscripciones donde no haya habido impugnación de candidaturas, ni más tarde del 29 de octubre (trigésimo quinto día posterior a la convocatoria) donde si las hubiese.

Una vez recibida la documentación, los electores podrán enviar el voto por correo al consulado correspondiente no más tarde del 5 de noviembre. Y si lo desean podrán depositar el voto en urna durante las jornadas establecidas para ellos que serán los días 6, 7 y 8 de noviembre. Cabe esperar, como ha venido sucediendo en los últimos procesos electorales, que la Junta Electoral Central estime oportuno ampliar estos plazos para facilitar la participación electoral de los españoles en el extranjero.

En las elecciones generales del pasado 28 de abril votaron un total de 118.357 españoles del exterior, por lo que la participación fue de un ridículo 5,6% de los censados. El partido que logró más papeletas fue el PSOE que recibió 31.475 sufragios, el 26,9%, seguido de Unidas Podemos, con 19.531, el 16,7%; Ciudadanos, con 18.881, el 16,1%; y el Partido Popular, con 17.446, el 14,9%.

Salir de la versión móvil