- El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la orden en el BOJA.
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Mediante Orden de 4 de junio de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las Comunidades Andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades (BOJA número 110, de 10 de junio de 2021).
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
1. Se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2021, de las subvenciones a las comunidades andaluzas en el exterior, conforme a lo previsto en la Orden de 4 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las comunidades andaluzas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades, en las siguientes líneas:
a) Línea (1): Acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por comunidades andaluzas asentadas en el exterior.
b) Línea (2): Acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por Coordinadoras o Federaciones de Comunidades Andaluzas.
c) Línea (3): Ayudas para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación de gastos corrientes de sus sedes.
d) Línea (4): Acciones destinadas a favorecer la interacción entre las comunidades andaluzas en el exterior, como representantes de la emigración andaluza, y las personas que deciden emigrar actualmente.
2. Se aprueban los siguientes formularios:
a) Anexo I. Formulario de solicitud.
b) Anexo II. Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos.
3. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 4 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
Segundo. Periodo de realización de actividades.
Las actividades de esta convocatoria para las que se puede solicitar subvención deben realizarse:
– Líneas 1, 2 y 4 desde el 1 de abril de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
– Línea 3 desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Tercero. Financiación.
1. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la partida presupuestaria 0100.01.0000 G/82A/487.01 del presupuesto del ejercicio 2021 y a sus vinculantes, por el importe máximo de 737.897,93 euros, estando su concesión limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en dicho ejercicio, que se distribuye de la siguiente manera:
Línea 1: 390.842,20 €
Línea 2: 158.381,54 €
Linea 3: 181.674,19 €
Línea 4: 7.000,00 €