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Cuando Fidel Castro defendía el restablecimiento de la soberanía española en el Caribe

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Fidel Castro presentó la edición de los escritos de Pedro Albizu Campos donde se defendía la Nulidad del Tratado de París de 1898.

Todos recuerdan que en los años sesenta del siglo pasado el sátrapa cubano español, intentó extender su revolución por todo el Caribe y el resto del continente. Aunque sus planes de conquista terminaron encallando estrepitosamente, todo el aparato propagandístico del castrato ha seguido defendiendo a los independentistas puertorriqueños hasta hoy.

Extrañamente, Fidel Castro y los independentistas de Puerto Rico suelen presentar a Pedro Albizu Campos como un defensor y mártir de las ideas de la soberanía de la isla, sin embargo, se les escapa que Albizu, Hostos y tantos otros, lo que defendían en primer lugar, era el derecho inalienable de España a conservar sus provincias ultramarinas. La idea de una nación puertorriqueña soberana, independiente y distinta de la española, sigue siendo insostenible 120 años después, tal como demostraron las multitudinarias manifestaciones por la unidad de España el año pasado en Cataluña y en Madrid. Albizu Campos podía ser una nacionalista acérrimo, pero pero no era idiota.

Para ello elaboraron argumentos jurídicos que, desde su punto de vista, demostraban la Nulidad del Tratado de París por el que España traspasaba la soberanía de Cuba, cedía a Puerto Rico y vendía el archipiélago filipino por 20 millones de dólares.

Si esta noción de derecho llegara a materializarse algún día, lógicamente Cuba y Puerto Rico se convertirían otra vez en provincias españolas ¿Cómo se explica entonces que Castro haya prologado un libro que defiende una idea tan explosiva?

Creo que la respuesta hay que buscarla por el lado familiar. Antonio Castro era un gallego que luchó por mantener la soberanía española en Cuba. Asombrado sin duda quedó al comprender que los intereses del gran capital peninsular se habían aliado con los enemigos históricos de España para quedarse con Cuba, traicionando a la patria de todos.

El rencor paternal sin dudas dejó huella en el niño Castro, pues 33 años más tarde consiguió castigar a los traidores expropiado todos los capitales españoles en la isla.

Al final va ser que Castro también defendía la idea de una España traicionada por sus élites impregnadas de Leyenda negra y odio a todo lo español. Entregar a una Nación española renovada por Franco, las joyas de su corona sin disparar un solo tiro gracias al nuevo contexto internacional más favorable de los sesenta y setenta, hubiera sido una jugada maestra para ambos dictadores. Lamentablemente no les alcanzó el tiempo.

En cualquier caso, los argumentos de Pedro Albizu Campos siguen vigentes ¿Veremos un día algún patriota español de VOX defenderlos en la Haya?

Por eso estamos reeditando los argumentos de Albizu Campos para ir allanado el camino.

Nulidad del Tratado de París

Por Pedro Albizu Campos

En la fecha de la ratificación del Tratado de París, el cual liquidó la Guerra Hispano Yanqui el 11 de abril de 1899, Puerto Rico era una nación soberana, según comprende ese término el derecho internacional, independiente de la Nación Española en virtud de la Carta Autonómica, otorgada por la Madre Patria, España, a Puerto Rico, el 25 de noviembre de 1897, en la cual se reconoció formalmente la independencia de Puerto Rico de la Nación Española.

Cualquiera que pueda ser la validez de un tratado ratificado entre Estados Unidos de América y otro soberano, dicho tratado es nulo y sin valor en cuanto se refiere a otro soberano que no ha sido parte en el tratado de referencia.

Es evidente que un tratado negociado entre Estados Unidos de América y el Reino Unido no obliga al Dominio del Canadá, si este Dominio no ha sido parte en dicho tratado.

El artículo 2 de los Artículos Adicionales de la Carta Autonómica dice así.

«Una vez aprobada por las Cortes del Reino la presente Constitución para la isla de Cuba y Puerto Rico, no podrá modificarse sino en virtud de una ley y a petición del Parlamento Insular».

Es imposible resumir la Carta Autonómica (…) Sin embargo, haremos referencia a los artículos que se refieren especialmente a la soberanía.

El artículo 35 establece el principio de que el Parlamento Insular tendrá el derecho exclusivo de elaborar el presupuesto.

El artículo 32 dispone que el Parlamento de Puerto Rico tendrá poder para legislar sobre todas las materias, exceptuando aquellas reservadas específicamente a las Cortes en la Carta Autonómica.

El Artículo 37 específica que los tratados de comercio negociados por iniciativa de Puerto Rico o de España, para obligar a Puerto Rico precisaban la expresa ratificación del Parlamento de Puerto Rico.

El Artículo 38. En caso de un tratado comercial negociado sólo por plenipotenciarios de España, para obligar a Puerto Rico necesitaba la ratificación expresa del Parlamento de Puerto Rico.

Artículo 39. El Parlamento de Puerto Rico tenía el derecho exclusivo de fijar la tarifa aduanera, tanto para las importaciones como para las exportaciones.

El Artículo 40 contiene el primer tratado hecho por Puerto Rico como soberano y, desde luego, dicho tratado es entre Puerto Rico y la Madre Patria. Es un tratado transitorio de comercio que establece el principio de reciprocidad y determina los impuestos que cada nación fijará al importar de la otra nación.

Este acuerdo es transitorio, «sin perjuicio de lo que puedan convenir en su día los dos gobiernos», dice el Artículo 40.

En otras palabras, las relaciones serían reguladas de soberano a soberano.

La Carta Autonómica estableció un tipo de gobierno parlamentario.

El Artículo 47 determinaba que los ministros, quienes tenían que ser miembros del Senado o de la Cámara de Diputados, eran responsables al Parlamento.

El Artículo 44 fijaba claramente que ningún mandato del Gobernador General, el representante de la Corona Española, era válido si no estaba refrendado por un Secretario de Despacho.

El Artículo 3 establecía que la facultad de legislar para Puerto Rico correspondía al Parlamento y al Gobernador General.

Del examen del histórico documento se verá que Puerto Rico fue reconocido por la Madre Patria como una nación independiente qué las relaciones entre los dos poderes habían de regularse por tratado; que ningún tratado de España negociado por España era válido sin la expresa ratificación del Parlamento de Puerto Rico.

Las relaciones entre los dos poderes eran comparables a las relaciones que existían entre Austria y Hungría bajo los Habsburgos, entre Prusia y Baviera bajo los Hohenzollern o a las actuales relaciones internacionales del Reino Unido y los dominios británicos del Canadá y África del Sur bajo la Casa de Windsor.

Todas las autoridades en derecho internacional convienen en el principio fundamental de la familia de naciones el reconocimiento de la personería internacional es irrevocable y obliga a todos los poderes de la familia de naciones.

En virtud de la Carta Autonómica Puerto Rico inició sus relaciones internacionales con todos los poderes. El nuevo gobierno fue organizado inmediatamente- Nuestro país vino a ser, por derecho propio, miembro de la Unión Postal Internacional, tenía su moneda y estampillas postales propias, y todos los símbolos de la soberanía.

Cuando el Congreso de Estados Unidos declaró la guerra a España el 21 de abril de 1898, Puerto Rico era ya una nación independiente de España. Era deber de Estados Unidos de América respetar esta independencia.

Moore, el ilustre historiador británico, ofrece la clave del abandono por su país de los principios elementales del derecho internacional. Estados Unidos de América ha sostenido tenazmente por más de un siglo una política de anexión de las Antillas. Estados Unidos ofreció a España una flota y un ejército para bloquear los esfuerzos de Bolívar y del Mariscal Valero, el gran comandante puertorriqueño, para libertar a Cuba y a Puerto Rico a principios del siglo pasado.

Estados Unidos ha sostenido una propaganda cuidadosa y sistemática de anexión en todas las Antillas desde esa fecha.

Cuando, después de la declaración de guerra contra España, para evitar derramamiento de sangre, ofreció un armisticio, y cuando no había surgido ninguna controversia entre las partes beligerantes acerca de Puerto Rico, y cuando ninguna fuerza de Estados Unidos había desembarcado en Puerto Rico, Estados Unidos de América contestó a través del Embajador francés en Washington que los norteamericanos estaban llanos a aceptar un armisticio, sin embargo, entre otras condiciones previas se encontraba la demanda de que España cediera Puerto Rico a Estados Unidos.

El mundo entero fue sorprendido por esta demanda, ya que Estados Unidos decía que había declarado la guerra con propósitos humanitarios a favor de Cuba.

No obstante, Estados Unidos fue intransigente en dicha demanda y la guerra tuvo que continuar.

Más tarde, cuando tropas yankis ocuparon una pequeña parte de nuestro territorio nacional, España ofreció nuevamente un armisticio. Recibió un ultimátum de los yankis demandando la cesión de Puerto Rico. España, exhausta por la guerra, tuvo que aceptar ese ultimátum.

La guerra entre esas dos naciones terminó. Puerto Rico, a pesar de la violación de su territorio por las fuerzas yankis, a pesar del bombardeo de San Juan por la flota yanki sin notificación previa, en violación del derecho internacional, no realizó ningún acto de hostilidad.

Puerto Rico confió en las palabras de amistad del Comandante de las fuerzas yankis, General Nelsorf A. Miles.

Puerto Rico no había sido conquistado por las fuerzas yankis, su territorio estaba ocupado sólo parcialmente al término de las hostilidades entre las naciones beligerantes. Su riqueza y sus recursos militares no habían sido tocados prácticamente en el supuesto de que la declaración de guerra de Estados Unidos a España era sólo un incidente para obligar a España a reconocer la independencia de Cuba.

Puerto Rico no ha sido conquistado nunca. Ha rechazado las invasiones de los británicos, los franceses y de los holandeses en más de una fecha histórica.

La condición impuesta como ultimátum para un armisticio, la cesión de Puerto Rico, fue consignada en el Artículo 2 del Tratado de París, ratificada por los beligerantes el 11 de abril de 1899.

Dicho tratado es nulo y sin valor en cuanto a Puerto Rico concierne.

España no podía ceder a Puerto Rico porque Puerto Rico era res in commercium. Puerto Rico se convirtió en una nación soberana en virtud de la Carta Autonómica que España no podía cambiar sin el consentimiento de Puerto Rico. (Artículo 2 de los Artículos Adicionales., Carta Autonómica).

Y Estados Unidos no podía aceptar dicha cesión porque estaba obligado a respetar la independencia de Puerto Rico.

Como precedente citamos el caso de Finlandia.

Suecia había reconocido la autonomía del Gran Ducado de Finlandia; por el Tratado de Fredrikshamm, firmado en setiembre de 1809, Suecia tuvo que ceder el Gran Ducado a Rusia; el Emperador Alejandro I reconoció la autonomía de Finlandia pero su sucesor en el trono imperial pretendió anular la autonomía del Gran Ducado. El caso fue sometido a una comisión internacional de juristas la cual decidió, en 1910, que el úkase del Zar revocando el reconocimiento de la autonomía, hecho por su predecesor, quien respetó la independencia de Finlandia, era nulo y sin valor. «El derecho de un pueblo a la libertad nacional es independiente de las conquistas guerreras y de los tratados diplomáticos». (Rovira y Virgili, Historia de ios Movimientos Nacionales, págs. 34-35).

El Tratado de París no fue negociado por los plenipotenciarios de Puerto Rico y nunca fue sometido a la ratificación de nuestro Parlamento Nacional.

El Comandante de los invasores yankis simuló, al principio, respeto por nuestro Gobierno y Parlamento nacionales, pero finalmente, se quitó la careta y disolvió ambos por la fuerza. Desde entonces Puerto Rico ha estado bajo la intervención militar de Estados Unidos.

…El Juez Morton dijo, en la opinión disidente en relación con el fallo de la Corte de Apelaciones (en este caso): «Sólo hay una soberanía en Puerto Rico, la de Estados Unidos. A los fines de gobierno propio en asuntos locales, Estados Unidos ha establecido por ley un gobierno local, «El Pueblo de Puerto Rico». Pero el gobierno insular no es en sentido alguno un estado independiente; es la criatura del Congreso y , puede ser eliminado o modificado a voluntad del Congreso. Las leyes emitidas por él derivan su sanción de la autoridad de Estados Unidos… «Sólo hay un gobierno en Puerto Rico, el de Estados Unidos».

La Nación de Puerto Pico ha leído serenamente la descripción breve, precisa y sincera que ha hecho el Juez Morton del despotismo extranjero de la intervención militar yanki.

Esta intervención militar de Estados Unidos creó una corporación, una especie de Corporación de las Indias Orientales, para demoler la existencia misma de la Nación de Puerto Rico. Esta corporación imperialista de Estados Unidos es el Demandante, «El Pueblo de Puerto Rico». En la fecha de la invasión yanki, Puerto Rico era una nación acreedora; el gobierno nacional, todas las provincias y todos los municipios tenían un sobrante de oro en sus arcas, oro que los jefes militares de Estados Unidos recogieron y remitieron a su gobierno de acuerdo con las instrucciones del Departamento de Guerra de Estados Unidos. Treintiséis años después, todo el país está en bancarrota.

En virtud de la Carta Autonómica, Puerto Rico podía negociar tratados con todos los poderes. Ahora sus puertos están cerrados al comercio, excepto con los puertos de Estados Unidos, el cual ha impuesto un monopolio comercial, imponiendo las condiciones en que han de venderse los productos yankis en Puerto Rico e imponiendo las condiciones en que los yankis han de comprar Ja mercadería en Puerto Rico. El resultado ha sido la ruina de nuestra agricultura, industria y comercio y la creación de grandes corporaciones ausentistas yankis. Se ha calculado que esta fría explotación asciende, en dólares en treinta y cinco años. Esto es seguro porque las estadísticas señalan que el balance comercial aparentemente favorable a Puerto Rico durante ese período asciende a trescientos cincuenta millones de dólares. (Informes de los Gobernadores de Puerto Rico), y esa suma ha pasado, íntegramente, a manos de capitalistas ausentistas yankis.

Cuando los yankis forzaron la entrada a nuestros puertos, contábamos con un sistema de educación destinado a formar una , comunidad viril con una dirección inteligente. Los sexos se educaban separadamente; los hombres tenían profesores y las mujeres profesoras. El mismo sistema que conserva la clase dominante en Estados Unidos para asegurar su posición dirigente.

Los yankis destruyeron este sistema natural y científico y lo sustituyeron por una escuela coeducacional en la cual las mujeres constituyen la mayoría del profesorado. Este sistema ha producido aquí los mismos resultados deleznables que han experimentado en Estados Unidos.

El inglés fue impuesto como el único vehículo de instrucción, produciéndose el absurdo de que el latín, el francés y las otras lenguas extranjeras son enseñadas en inglés. La finalidad de tal sistema no puede ser otra que formar una sociedad ignorante y sin alma.

Puerto Rico era el país más saludable de las Américas. Cuenta con el privilegio histórico de haber puesto en vigor la primera ley de salud pública en el Nuevo Mundo. En la fecha de la invasión yanki, nuestras estadísticas demográficas se comparaban favorablemente con las mejores en los estados yankis; ahora ¡por cada yanki que muere, mueren cuatro puertorriqueños!

Un plan para exterminar a toda la nación fue descubierto en plena ejecución bajo los auspicios del Departamento local de Sanidad y del Instituto Rockefeller. Un médico de dicha institución escribió una carta autógrafa informando acerca de su labor en dicho plan y divulgó que él había matado ocho personas.

El asunto es tan grave que se considera imposible, y por esa razón en el apéndice… se econtrará la carta circular que el Partido Nacionalista dirigió a la Santa Sede, a la Liga de las Naciones y a todos los poderes del mundo, y una copia fotostática de la carta de dicho médico.

A pesar de las declaraciones juradas y de la evidencia indudable, Estados Unidos nunca procesó al criminal y éste se ^encuentra libre en su país. Esto ilustra al extremo que puede conducir el gobierno irresponsable.

Por lo tanto, ningún argumento de conveniencia puede encontrarse a favor de tal sistema.

El concepto feudal del derecho internacional que permitía la conquista mediante la guerra de una nación por otra, la retención de la víctima como propiedad del victorioso, como una posesión… debería estar muerto también en Estados Unidos. El Tratado Briand-Kellog, que condena el uso de la guerra como instrumento de la política nacional, es ley en Estados Unidos. Esa es la ratificación del principio que informa la Liga de las Naciones. La ley de conquista no puede ser sostenida por más tiempo.

La Corte Suprema de Estados Unidos, en vista de la condenación universal de la guerra como instrumento de la política nacional, y en presencia del Tratado Briand-Kellog, sin duda encontrará, como cuerpo de juristas, que el Tratado de París, ratificado por España y Estados Unidos el 11 de abril de 1899, es nulo y sin valor en lo que a Puerto Rico concierne, que Estados Unidos ni su gobierno no tienen derecho para acusar y juzgar en su tribunales al demandado ni a ninguna otra persona por un acto cometido en el territorio de Puerto Rico donde sólo hay un soberano, la Nación de Puerto Rico.

Este trabajo forma parte del alegato sometido por Albizu Campos al Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso de El Pueblo de Puerto Rico y Luis F. Velasquez, en octubre de 1935. Fue reproducido, posteriormente, en el libro de Juan Juarbe y Juarbe: Puerto Rico: Problema internacional. La Habana, Partido Nacionalista de Puerto Rico, 1949, p. 23-29.

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