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Convocatoria para las ayudas del Programa de Asociaciones españolas en el exterior

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Las asociaciones con más de 50 miembros acreditadas en Cuba pueden postular

No hace falta pasar por el pro-gubernamental Consejo de Residentes (CRE) de La Habana

  • El objetivo de este programa dotado con 900.000,00 € es contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las entidades de españoles en el exterior así como a los gastos de reparación y mantenimiento de centros e instalaciones en el exterior dedicadas a la atención social, sanitaria y sociocultural de los emigrantes.

Requisitos:

  • El número de asociados debe ser 50 como mínimo
  • La entidad sin ánimo de lucro debe tener como finalidad «la promoción sociocultural de los españoles en el exterior»
  • Debe figurar en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones

La documentación completa de la resolución de convocatoria de las ayudas del Programa de Asociaciones 2016 de la Dirección General de Migraciones puede consultarse aquí.
La Dirección General de Migraciones publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 29 de marzo el extracto de la resolución de convocatoria de las ayudas del Programa de Asociaciones correspondientes a 2016. La cuantía total de estas subvenciones asciende a 900.000 euros.
Su finalidad es contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior. También se subvencionarán los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural en favor de los españoles del exterior.
Desde la Dirección General han informado a este medio que en la publicación del extracto en el BOE hubo un error por lo que en los próximos días aparecerá, también en el BOE, una corrección. De este modo, el plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a partir de la fecha de publicación de dicha corrección.
Podrán acceder a este programa aquellas entidades que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.
Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

Cabe destacar que entre los gastos subvencionables se encuentran los derivados de la celebración de una asamblea anual por aquellas federaciones que representen o integren a asociaciones o centros de españoles en el exterior de más de un país.

La cuantía de la ayuda será de carácter variable y no podrá superar los 40.000 euros.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. Para los gastos de funcionamiento, podrán imputarse aquellos gastos subvencionables efectuados dentro del año natural de la convocatoria, 2016. En cuanto al plazo de ejecución de los gastos de mantenimiento y reparación será desde la resolución de concesión de la subvención hasta el 31 de marzo de 2017.

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