El Consulado general de España en Cuba abre convocatoria para solicitar las ayudas de urgencia destinadas a los españoles de Cuba que se encuentren en situación de extrema pobreza y sin recursos. Estas ayudas que entrega cada año el gobierno de España a sus ciudadanos residentes en el exterior. Estas se añaden a las que también entregan las comunidades autónomas.
Es importante que se respeten los plazos indicados.
Cada año esta información es difundida por los oprtales especializados de noticias relacionadas con Cuba; por esta razón crece el número de cubanos que acceden a las mismas.
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Abierto plazo de entrega solicitudes de ayudas de subsistencia 2020
El plazo de entrega de las solicitudes finaliza el día 31 de marzo de 2020. Si envía la solicitud por correo certificado, solo se atenderán las enviadas antes del 31 de marzo de 2020 y recibidas en este Consulado General con anterioridad al 15 de mayo de 2020.
Durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 este Consulado procederá a la notificación y abono a los interesados de las ayudas de subsistencia concedidas.
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Requisitos del solicitante:
- Ser español y encontrarse de alta en el Registro de Matrícula Consular.
- Carecer de medios de subsistencia.
- Ser menor de 18 años, mayor de 65 años o, teniendo entre 18 y 65 años, estar incapacitado para el trabajo.
Incompatibilidad de estas ayudas
No se puede obtener esta clase de ayuda si en el presente ejercicio se ha percibido otra de cualquier clase (Ayudas de este Consulado General, Pensiones del Ministerio de Trabajo Español, Ayudas de las Comunidades Autónomas Españolas, Ayuntamientos, etc.). Tampoco pueden obtenerlas dos miembros de una misma unidad familiar, ni aquellos solicitantes cuyo ingreso per cápita del núcleo familiar sea superior al mínimo de subsistencia anual (200,00 €).
¿Cómo obtener la solicitud (planillas) y la Guía Informativa?
Las planillas de Solicitud de Ayuda de Subsistencia y la Guía Informativa podrán ser obtenidas descargándola en el siguiente apartado:
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¿Cómo efectuar la solicitud?
Las solicitudes deben ser cumplimentadas y entregadas en este Consulado General o en los Viceconsulados Honorarios de Villa Clara, Camagüey y Santiago de Cuba. También pueden ser enviadas por correo certificado a la siguiente dirección:
Consulado General de España en La Habana.
Sección de ayudas. Solicitud 2019.
Calle Zulueta no 2 esquina Cárcel,
HABANA VIEJA, CP 10100 (La Habana).
Horarios de atención en este Consulado General
Los impresos de solicitudes de AYUDAS DE SUBSISTENCIA para residentes españoles del presente ejercicio 2020 serán entregados de 11:15 a 11:45 horas por la ventanilla Nº 1 de la calle Zulueta. Para su recogida en ventanilla los interesados deben presentar Pasaporte español, DNI o Partida de nacimiento española.
Presentación de las solicitudes en el Consulado General en La Habana
Con vistas a evitar colas y agilizar la presentación de las solicitudes de ayudas cumplimentadas, las mismas se depositarán en un buzón habilitado de las 9:00 a las 13:00 horas.
No se admitirán en este buzón duplicados de las solicitudes ni nuevos aportes incorporados con posterioridad a la solicitud inicial. Estos deben ser entregados en el Registro General de Entrada.
Las solicitudes cumplimentadas serán recogidas de 9:00 a 9:30 horas por la ventanilla Nº 3 de la calle Zulueta.