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350.000 euros para las comunidades andaluzas en el exterior

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El plazo de solicitud finaliza el próximo 21 de septiembre aunque las entidades radicadas en el extranjero disponen de 5 días hábiles más

Podrán ser beneficiarias las comunidades andaluzas en el exterior reconocidas por la Junta de Andalucía e inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas. En concreto las ayudas ascienden a 354.252 euros repartidos de la siguiente manera: Línea 1 300.000 euros, la Línea 3 39.252 euros y la Línea 4 15.000 euros.
La Junta de Andalucía ha convocado las subvenciones a las comunidades andaluzas  en el exterior destinadas a la realización de actividades de promoción cultural, de orientación a la población andaluza en el exterior, así como para el mantenimiento de dichas entidades.
Estas ayudas se dividen en cuatro líneas. La Línea 1 relativa a las acciones culturales sobre la identidad andaluza, así como proyección de la imagen de Andalucía en el exterior, realizadas por comunidades andaluzas asentadas en el exterior. La Línea 3 Ayudas para el sostenimiento de la actividad ordinaria de las entidades mediante la financiación de gastos corrientes. Y la Línea 4 de Acciones destinadas a favorecer la interacción entre las comunidades andaluzas en el exterior, como representantes de la emigración andaluza, y las personas que deciden emigrar actualmente.
Estas ayudas cuentan con un total de 354.252 euros repartidos de la siguiente manera: Línea 1 300.000 euros, la Línea 3 39.252 euros y la Línea 4 15.000 euros.
El plazo de solicitud finaliza el próximo 21 de septiembre aunque las entidades radicadas en el extranjero disponen de 5 días hábiles más.
Podrán ser beneficiarias las comunidades andaluzas en el exterior reconocidas por la Junta de Andalucía e inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Andaluzas (Líneas 1, 3 y 4). Igualmente, podrán ser beneficiarias de las subvenciones en su Línea 1, las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el registro que corresponda en función de su naturaleza jurídica y con domicilio social en Andalucía, que realicen acciones dirigidas a promocionar o difundir la cultura andaluza, en colaboración con las comunidades andaluzas y en apoyo de éstas.
Según las bases reguladoras de estas ayudas, contenidas en la Orden de 29 de julio de 2016 que se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del pasado 4 de agosto, se consideran conceptos subvencionables respecto a la Línea 1 las actividades culturales orientadas a preservar y fomentar la cultura andaluza; las actividades de carácter didáctico y divulgativo, cursos, intercambios, conferencias y programas audiovisuales que faciliten el conocimiento de la cultura, la historia, la economía, las costumbres, tradiciones y realidad de Andalucía; los programas y actividades para la promoción de la diversidad cultural que incidan en la memoria histórica de Andalucía que potencien la participación de personas mayores.
También los programas o actividades que promuevan nuevas tendencias artísticas y culturales para la promoción y difusión de la imagen actual de Andalucía en los territorios donde radiquen las entidades beneficiarias; las acciones culturales que promuevan la igualdad de género y la igualdad de oportunidades; y las acciones culturales que realcen y potencien el papel de las personas jóvenes en las Comunidades Andaluzas, y los proyectos en red presentados por una Comunidad Andaluza.
El objeto de la Línea 3 es subvencionar los gastos de mantenimiento de las sedes sociales de las Comunidades Andaluzas, Coordinadoras y Federaciones de Comunidades Andaluzas en el Exterior.
En este apartado se incluyen los gastos mensuales de la sede de la asociación de, agua, electricidad, gas, teléfono, internet, acceso a contenidos audiovisuales, alquileres y comunidad de propietarios. También los gastos de servicios (seguridad, secretaría, gastos postales, material de oficina, limpieza); el pago de tributos ordinarios (se excluyen las sanciones, recargos e intereses de demora); el pago de seguros y los gastos de material no inventariable.
La Línea 4 tiene como finalidad subvencionar actuaciones de las entidades andaluzas en el exterior, que ofrezcan orientación a las personas andaluzas en relación con la realidad del país al que piensan o deciden emigrar para ayudarlas a una mejor integración en el mismo.
Esta línea tiene como objetivo sufragar los gastos corrientes y de personal, que lleve a cabo la entidad, necesarios para la realización del proyecto presentado. Entre estos gastos se pueden contemplar las nóminas del personal de la propia entidad, imputables a la realización del proyecto, hasta un 25% del presupuesto aceptado, así como servicios exteriores, alquiler de inmuebles, suministros necesarios para la ejecución y difusión, y material fungible de oficina.

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